Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 100

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de febrero de 2019 /

El Peruano

Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, con los votos nominales por unanimidad; HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, el nuevo Código de Ética del Gobierno Regional Cusco, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional; cuyo contenido consta de cinco (05) Capítulos, veintiún (21) Artículos y una (01) Disposición Complementara y Final, que se encuentra en el anexo I de la presente norma. Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, diario Judicial de la Región y el Portal Electrónico del Gobierno Regional del Cusco, para su implementación a nivel del Gobierno Regional del Cusco y los Gobiernos Locales (provinciales y distritales). Artículo Tercero.- DISPONER la dispensa de lectura y aprobación de Acta de la presente Ordenanza Regional, para proceder a su implementación. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Quinto.- DEROGUESE, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional, entre ellas el Acuerdo de Consejo Regional Nº 082-2014-CR/GRC.CUSCO. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación. Dado en la ciudad del Cusco, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. POR TANTO: No, habiendo el Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco Sr. Edwin Licona Licona, promulgado dentro del plazo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales por haber sido observado y conforme lo señala el Artículo 107º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119.2016.CR/GRC.CUSCO. Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, a los veintidós días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. ROGER ANIBAL CAPATINTA MAMANI. Vice Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco 1736876-2

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los Artículos 188º y 192º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el consejero Teobaldo Quispe Guillen solicita al pleno que se exponga el informe Nº007-2019/GOB.REGHVCA/GRDE, de fecha 17 de enero de 2019 sobre la propuesta: Misión Técnica Comercial y de Cooperación Internacional a España, Alemania e Italia, presentado por el Econ. Edgar S. Ramírez Rivera, Gerente Regional de Desarrollo Económico, la misma que fue elevado a la Gobernación Regional de Huancavelica para su visto bueno. Que, conforme dispone el Artículo 10º de la Ley Nº 30372 ­ Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, "... el requerimiento de excepciones de viaje en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Consejo Municipal respectivamente, y en todos los casos la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario oficial El Peruano". Que, conforme dispone el apartado S) del Artículo 8º del Reglamento Interno del Consejo Regional, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicio o en representación del Gobierno Regional realice el Gobernador, Vicegobernador y/o Consejeros Regionales. Que, conforme dispone el Artículo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de éste órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara la voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de los Gobierno Regionales el Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en Comisión de Servicio Oficial al Gobernador Regional de Huancavelica, MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD, para que participe en la Misión Técnica Comercial y de Cooperación Internacional a España, Alemania e Italia, que se desarrollará del 02 al 15 de febrero del 2019. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Artículo Tercero.- Precisar que el viaje será afecto a gastos de recursos ordinarios del Gobierno Regional Huancavelica. Artículo Cuarto.- Comuníquese el presente Acuerdo de Consejo Regional a las instancias pertinentes para su cumplimiento conforme dispone. Regístrese, publíquese y cúmplase. TEOBALDO QUISPE GUILLÉN Presidente del Consejo Regional 1737376-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Autorizan viaje del Gobernador Regional a España, Alemania e Italia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 010-2019-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 17 de enero de 2019 VISTO: El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 17 de Enero del año 2019, con el voto mayoritario de sus integrantes;

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