Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Sábado 2 de febrero de 2019 /

El Peruano

DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, implemente los Concursos Públicos Abiertos, con participación de las Universidades y Colegios Profesionales, que garanticen la transparencia. Para lo que formulará la correspondiente Directiva en un plazo no mayor de 60 días a partir de la vigencia de la presente norma regional. ( ...)". Que, existiendo en diferentes partes del Perú disposiciones de carácter regional como la Ordenanza Regional Nº 379-2015-G.R.PASC O/CR de fecha 24 de agosto del 2015, que aprueba: "Artículo PRIMERO.- DISPONER al Gobernador Regional de Pasco, para que el Proceso de Designación de los Directores Regionales Sectoriales de Pasco, deba ser seleccionado mediante Concurso de Méritos, a propuesta del respectivo Gerente Regional, en aplicación de la Ley Nº 28926; Art. 2º. Artículo SEGUNDO.- INSTAR al Gobernador Regional de Pasco, según su competencia disponer a los órganos competentes, la elaboración de los lineamientos del concurso de méritos, normas y procedimientos, a partir de su promulgación. ( ....)".; Que, el Artículo 107º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional Cusco, aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 119-2016CR/GRC.CUSCO, señala "(...) En caso de ser observada la Ordenanza Regional es devuelta al Consejo Regional para su conocimiento, el pleno dispondrá su remisión a la Comisión de origen para su revisión. El nuevo dictamen se someterá a votación y de ser aprobada será promulgada por el Presidente del Consejo Regional (...)"; Que, mediante Dictamen Nº 001-2018-P.COTSSBCR/GRC.CUSCO, de fecha 12 de noviembre del 2018, la Comisión Ordinaria de Trabajo, Seguridad Social y Bienestar del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en cumplimiento de sus atribuciones aprueban por unanimidad la ratificación de la Ordenanza Regional Nº 132-2017-CR/GRC,CUSCO, que propone "Designar a los Directores Regionales Sectoriales del Gobierno Regional Cusco, Mediante Concurso de Méritos", la misma que fue aprobada y debatida en la Decimosexta Sesión Ordinaria de fecha, 22 de diciembre de 2017 y observada por el Gobernador Regional mediante Oficio Nº 016-2018-GR-CUSCO/GR de fecha 12 de enero de 2018; Por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, con los votos nominales en MAYORIA; HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DISPONER, al Gobernador Regional del Cusca, que la Designación de los Directores Regionales Sectoriales del Gobierno Regional de Cusco, deba ser realizada mediante Concurso Público de Méritos, a propuesta del respectivo Gerente Regional, en aplicación de la Ley Nº 28926, Artículo 2 º. Artículo Segundo.- INSTAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, disponga a los órganos competentes del Gobierno Regional Cusco, la elaboración de los lineamientos y bases del Concurso Público de Méritos de las Direcciones Regionales Sectoriales en el término de noventa (90) días calendarios, a partir de su Publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- EXIGIR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco, la remisión al Consejo Regional los lineamientos, bases y cronograma del Concurso Público de Méritos de las direcciones Regionales Sectoriales, para su aprobación por Acuerdo del Consejo Regional. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR al Ejecutivo del Gobierno Regional Cusco, integrar a Instituciones debidamente constituidas y con trayectoria a la Comisión que elaboradora de los lineamientos, bases, cronogramas

del Concurso Público de Méritos de las Direcciones Regionales Sectoriales, hasta la implementación de los cargos; debiendo dar cuenta de lo actuado ante el Pleno del Consejo Regional Cusco. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Cusco, para su obligatorio cumplimiento. Artículo Sexto.- DEJAR, sin efecto cualquier dispositivo regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional de Concurso Público Abierto de Méritos, para la cobertura de cargos de Direcciones Regionales Sectoriales del Gobierno Regional Cusco. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación. Dado en la ciudad del Cusco, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. POR TANTO: No, habiendo el Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional del Cusco Sr. Edwin Licona Licona, promulgado dentro del plazo establecido por los artículos 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales por haber sido observado y conforme lo señala el artículo 107º del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 119.2016.CR/GRC.CUSCO. Mando se registre, publique y cumpla Dado en la sede central del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. ROGER ANIBAL CAPATINTA MAMANI. Vice Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco. 1736876-1

Aprueban el nuevo Código de Ética del Gobierno Regional Cusco
ORDENANZA REGIONAL Nº 145-2018-CR/GRC.CUSCO EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en la Décima Cuarta Sesión Ordinaria de fecha veintidós de octubre del año dos mil dieciocho, ha debatido y aprobado el Dictamen Nº 004-2018.CR./GRC. CUSCO/P.COEDR, emitido por la Comisión Ordinaria de Ética, Disciplina y Reglamento del Consejo Regional de Cusco, sobre el Proyecto de Ordenanza que "Ratifican la Ordenanza Regional Nº 134-2018-CR/GRC-CUSCO que Aprueba el Código de Ética del Gobierno Regional Cusco"; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional sobre Descentralización aprobada mediante Ley Nº 30305, establece "Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones". La Estructura básica de los Gobiernos Regionales la conforman el Consejo Regional como ente normativo y fiscalizador (...)";

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