Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2019 (02/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 2 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES
VISTO Y CONSIDERANDO:

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agosto de 2018, se constituyó la Comisión encargada de ejecutar y monitorear la implementación del "Sub Sistema Especializado para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", la cual fue reconformada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2951-2018-MP-FN, de fecha 29 de agosto del 2018. CUARTO: La Oficina de Productividad Fiscal del Ministerio Público, informó que desde el 24 de noviembre de 2015 al 31 de diciembre de 2018, el Ministerio Público ha registrado a nivel nacional un total de 573,271.00 ingresos por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar. QUINTO: El artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece que "Los Estados Partes condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia y en llevar a cabo lo siguiente: (...) b. actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer, c. incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas, así como las de otra naturaleza que sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y adoptar las medidas administrativas apropiadas que sean del caso. (...)". SEXTO: Es deber del Estado, por lo tanto, destinar los recursos necesarios y suficientes para afrontar con efectividad los procesos penales por violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes, debido a las consecuencias negativas que generan en la víctima y la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra. SÉTIMO: En tal sentido, debido a la alta y grave incidencia delictiva, el Ministerio Público debe realizar los máximos esfuerzos para luchar contra esta problemática, para lo cual se deben establecer mecanismos que prioricen la atención eficiente de este tipo de delitos. En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 64° de la Ley Orgánica del Ministerio Público - Decreto Legislativo N° 52. SE RESUELVE: Primero.- ESTABLECER como política institucional el abordaje de la "Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar" a través del "Sub Sistema Especializado para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", la misma que será formulada, implementada, monitoreada y evaluada por el Despacho de la Fiscalía de la Nación. Segundo.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de la Comisión creada a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2888-2018-MP-FN y reconformada mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2951-2018-MP-FN. Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta de Fiscales Supremos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores, Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los integrantes de la Comisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1737714-1

El oficio Nº 03-2019-MP-FN-PJFSANCASH, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, mediante el cual eleva la carta de renuncia de la abogada Heidi Lenny Riveros Tamariz, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Aija, de unidad familiar, con efectividad al 09 de enero de 2019. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Heidi Lenny Riveros Tamariz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Aija, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2952-2016-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2016; con efectividad al 09 de enero de 2019. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1737714-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 211-2019-MP-FN Lima, 1 de febrero de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 05-2019-MP-FN-PJFSAPURIMAC, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, mediante el cual eleva el oficio Nº 001-2019-MP-2FPPC2ºDESPACHO-ANDAHUAYLAS, suscrito por el abogado Juan Antonio Michue Huacache, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativo) de Andahuaylas, Distrito Fiscal de Apurímac, designado en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, en el que adjunta la carta de renuncia del abogado Wilson Richard Navarro Contreras, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y a su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, por motivos de salud, con efectividad al 28 de diciembre de 2018. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Wilson Richard Navarro Contreras, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 166-2016-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2016; con efectividad al 28 de diciembre de 2018. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1737714-3

Aceptan renuncias de fiscales de los Distritos Fiscales de Áncash, Apurímac, Junín, Lima y Loreto
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 210-2019-MP-FN Lima, 1 de febrero de 2019

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