Norma Legal Oficial del día 23 de febrero del año 2019 (23/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Sábado 23 de febrero de 2019 /

El Peruano

Modifican la R.D. Nº 836-2017-MTC/12, que otorgó la renovación y modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo a TAM LINHAS AEREAS S.A.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2019-MTC/12 Lima, 9 de enero del 2019 VISTO: La solicitud de TAM LINHAS AEREAS S.A. sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 836-2017MTC/12 del 07 de diciembre de 2017, modificada con Resolución Directoral Nº 506-2018-MTC/12 del 11 de junio de 2018, se renovó y modificó el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo de TAM LINHAS AEREAS S.A., por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 18 de mayo de 2017, vigente hasta el 18 de mayo de 2021; Que, con documentos de Registro Nº E-266270-2018 del 27 de setiembre de 2018 y Nº T- 287866-2018 del 18 de octubre de 2018, TAM LINHAS AEREAS S.A. ha solicitado la modificación de su Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fin de incluir material aeronáutico AIRBUS A350 y A321; Que, en aplicación del literal g) del artículo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo; Que, según lo establecido en el artículo 177º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, la modificación de los permisos de operación se concede por Resolución Directoral de acuerdo a los procedimientos establecidos por la DGAC; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias; Que, según los términos de los Memorando Nº 16052018-MTC/12.LEG, Memorando Nº 1696-2018-MTC/12. LEG, Memorando Nº 1322-2018-MTC/12.07.CER, Informe Nº 001-2019-MTC/12.07.AUT e Informe Nº 0202019-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC y demás disposiciones legales vigentes; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar ­en el extremo pertinente­ el artículo 1º de Resolución Directoral Nº 836-2017-MTC/12 del 07 de diciembre de 2017, modificada con Resolución Directoral Nº 506-2018-MTC/12 del 11 de junio de 2018,

que otorgó la renovación y modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo a TAM LINHAS AEREAS S.A., en los siguientes términos: MATERIAL AERONÁUTICO: (Adicional a lo autorizado) - AIRBUS A321 - AIRBUS A350 Artículo 2.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 836-2017-MTC/12 de 07 de diciembre de 2017, modificada con Resolución Directoral Nº 506-2018MTC/12 del 11 de junio de 2018, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1740305-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Modifican el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional BFH, para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2019-VIVIENDA Lima, 22 de febrero del 2019 VISTO, el Informe Nº 33-2019-VIVIENDA-VMVU/ DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, sustentado en el Informe Técnico Legal Nº 04-2019-DGPPVU-DEPPVUCBFH-MSF; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27829, se crea el Bono Familiar Habitacional - BFH, como parte de la política sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), el mismo que se otorga por una sola vez a los beneficiarios, sin cargo de restitución por parte de estos, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y esfuerzo constructor; el cual se destina exclusivamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA, se declara de utilidad pública, la creación y desarrollo del Proyecto "Techo Propio", con el objetivo, entre otros, de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso de los sectores populares a una vivienda digna; así como, estimular la efectiva participación del sector privado en la construcción masiva de viviendas de interés social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 236-2018-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional ­ BFH para la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y se deroga el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional para las modalidades de Aplicación de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda aprobado por Resolución Ministerial Nº 102-2012-VIVIENDA, en el extremo referido a la modalidad de Aplicación de Construcción en Sitio Propio; Que, mediante las Cartas Nº 320-2018-FMV/GL, Nº 5009-2018-FMV/GO, Nº 072-2019-FMV/GO, Nº 4130-2018-FMV/GO, el Fondo MIVIVIENDA S.A. - FMV

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