Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2019 (14/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Viernes 14 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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Autorizan a la CRAC CAT Perú la apertura de oficina especial temporal en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2578-2019 Lima, 6 de junio de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. (en adelante, CRAC CAT Perú) para que se le autorice la apertura de una (1) oficina especial temporal, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, la CRAC CAT Perú ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos - Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018, Resolución Administrativa Nº 240-2013 y Memorando Nº 313-2019SABM; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la CRAC CAT Perú la apertura de una oficina especial temporal, según se detalla en el Anexo adjunto a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) ANEXO - Resolución SBS Nº 2578 -2019 Apertura de una (1) oficina especial temporal Dirección Circuito de Playas, Costa Verde Distrito San Miguel Provincia Lima Departamento Lima Vigencia Del 06.06.2019 al 08.06.2019

Autorización Apertura 1778980-1

Tipo Oficina especial temporal

Ubicación Domos Art de la Costa Verde

GOBIERNOS REGIONALES

Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados", y; CONSIDERANDO:

GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Ordenanza Regional que aprueba la modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Gobierno Regional de La Libertad en lo que corresponde a la Gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de La Libertad, mediante Oficio N° 325-2019-GRLL/SGLSG, recibido el 12 de junio de 2019) ORDENANZA REGIONAL N° 017-2017-GRLL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias. El CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional La Libertad, de fecha 24 de Octubre del año Dos Mil Diecisiete, el Oficio N° 641-2017-GRLL-GOB/GGR que contiene la propuesta de Ordenanza Regional relativo a "Aprobar la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902, establece en su artículo 38°, que el Consejo Regional, como Órgano Normativo del Gobierno Regional, tiene la atribución de aprobar la organización y la administración del Gobierno Regional y Reglamentar materias de su competencia a través de Ordenanzas Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2011GRLL/CR y su modificatoria con Ordenanza Regional N° 006-2016-GRLL/CR se aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad; Que, el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016 autorizó el nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153; Que, según Resolución Ministerial N° 244-2016/ MINSA, de fecha 12 de abril del 2016, el Ministerio de Salud modificó el anexo al que hace referencia el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 589-2015/MINSA, que establece el número de PEAS asignadas a cada ejecutora de los Gobiernos Regionales desde el año 2014 al 2018; Que, a través de la Ordenanza Regional N° 024-2016GRLL/CR de fecha 14 setiembre del 2016, se aprobó la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Gerencia Regional de Salud y sus Órganos Desconcentrados; Que, en aplicación a las normas antes citadas y con el propósito de culminar el Proceso de Nombramiento 2016 se emitió la Resolución Ejecutiva Regional N° 1876-2016GRLL/GOB del 27 de octubre del 2016, autorizando el nombramiento de (436) PEAS distribuidas en la Gerencia Regional de Salud y sus 14 Unidades Ejecutoras, de las cuales los (397) cargos son previstos y (39) cargos se encontraban en la condición de contrato a plazo fijo según Decreto Legislativo N° 276, totalizando las (436) PEAS autorizadas; Que, el literal g) del artículo 8° de la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2017, autorizó el nombramiento de hasta el 20%

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