Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2019 (14/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 14 de junio de 2019 /

El Peruano

Artículo Segundo.- DESIGNAR al Ingeniero de Sistemas JORGE FRANCISCO ZUMAETA GONZALES en su condición de Director de la Oficina de Tecnologías de la Información del Gobierno Regional de Ucayali, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal Web de la Institución del Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los funcionarios designados. Artículo Cuarto.- PUBLÍQUESE la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Web de la Institución y colóquese una copia de la presente resolución en un lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la entidad. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO A. PEZO TORRES Gobernador Regional 1778771-1

Presupuesto y Racionalización, en coordinación con las unidades orgánicas prestadoras de servicios no exclusivos, ha elaborado el Proyecto del TUSNE actualizado, el mismo que pone a su disposición para su aprobación y correspondiente aplicación; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) compila los servicios no exclusivos que la Municipalidad brinda para satisfacer a la población que lo necesita, haciéndose necesaria su aprobación a fin de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, habiendo sido recientemente aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA, de la Municipalidad Distrital de Ancón, que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, se hace necesario que la entidad actualice también el documento que contenga los servicios no exclusivos que son prestados a la población del distrito. Estando a lo dispuesto por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el TEXTO ÚNICO DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de Ancón, cuyo detalle se adjunta en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación del Anexo I que forma parte de la misma en el Portal Electrónico Institucional (www. muniancon.gob.pe). Artículo Tercero.- DERÓGUESE las disposiciones de carácter local que se opongan a la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, y demás unidades orgánicas en lo que corresponda a sus funciones, así como su publicación a la Gerencia de Secretaría General. Artículo Quinto.- La Resolución de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MELODY CAREMA ALZAMORA LEÓN Teniente Alcalde 1778397-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 143-2019-A/MDA Ancón, 20 de mayo de 2019 VISTO: Memorándum Nº 078-2019-GPPR/MDA, remitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Legal Nº 122-2019-GAJ/MDA, remitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 133-2019-GM/MDA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es un órgano ejecutivo de gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 32º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal; Que, el articulo Nº 43º de la citada norma, señala que las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; Que, el numeral 42.4 del artículo 42º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando Que, Memorándum Nº 078 -2019-GPPR/MDA del 14 de mayo de 2019, la Gerencia de Planeamiento,

MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA
Ordenanza que prohíbe dejar vehículos, carrocerías, autopartes y chatarras abandonados en la vía pública en el Centro Poblado Santa María de Huachipa
ORDENANZA Nº 137-19/MCPSMH Santa María de Huachipa, 29 de Mayo del 2019 VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo Municipal celebrada en la fecha, el Informe Nº 064-2019/GAT/ MCPSMH, de la Gerencia de Administración Tributaria, quien remite el proyecto de Ordenanza denominado "Ordenanza que prohíbe dejar vehículos, carrocerías, autopartes y chatarras abandonados en la vía pública del Centro Poblado de Santa María de Huachipa ­ Distrito de Lurigancho Chosica", el Informe Nº 113-2019/GAJ/ MCPSMH de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 392-2019/GM/MCPSMH, y; CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del

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