Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2019 (27/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

26

NORMAS LEGALES

Jueves 27 de junio de 2019 /

El Peruano

especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal a del artículo 9 de la citada Ley, referido a la estructura orgánica básica de la ATU, señala que la Alta Dirección se encuentra conformada por el Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y Secretaría General; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM del 18 de mayo del 2018, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que la Tercera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo, dispone que, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Orgánica de Poder Ejecutivo, la denominación de las Secretarías Generales de los Organismos públicos, deben calificarse como Gerencias Generales para todos sus efectos, a partir de la entrada en vigencia de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, asimismo, la Unica Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 131-2018-PCM publicado el 30 de diciembre del 2018, y que modifica el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que a partir de la vigencia de dicho Decreto Supremo, el tránsito de adecuación a los Lineamientos de Organización del Estado, se inicia cuando el Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo presenta la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones, tanto la contenida en la Sección Primera, que se aprueba por Decreto Supremo, como la contenida en la Sección Segunda, que se aprueba por resolución del titular; Que, en dicho marco, mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MTC del 9 de febrero de 2019, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU disponiendo, su artículo 7, que la Gerencia General constituye un Órgano de la Alta Dirección y, en su artículo 17, las funciones que le son asignadas; Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, cargo considerado de confianza; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Decreto Supremo N° 054-2018PCM que aprueba los Lineamientos de la Organización del Estado modificado por el Decreto Supremo N° 1312018-PCM; y, estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2019MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 26 de junio del 2019, a la señora LUCY MARGOT CHAFLOQUE AGAPITO, en el cargo de Gerente General de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la señora LUCY MARGOT CHAFLOQUE AGAPITO y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GOMEZ Presidente Ejecutivo Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -ATU 1783133-1

Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao - ATU
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 0002-2019-ATU/PE Lima, 25 de junio de 2019 CONSIDERANDO Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao- ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; Que, el literal e) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de asesoramiento; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, cargo considerado de confianza; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, aprobado por Decreto Supremo N° 0032019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 1 de julio del 2019, al señor MAURICIO RAFAEL RUIZ DE CASTILLA MIYASAKI, en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor MAURICIO RAFAEL RUIZ DE CASTILLA MIYASAKI y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GOMEZ Presidente Ejecutivo Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao -ATU 1783133-2 FE DE ERRATAS ANEXO - RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 405-2019-MTC/03 Mediante Oficio Nº 1810-2019-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Resolución Viceministerial Nº 405-2019-MTC/03, publicada en Separata Especial el día 18 de junio de 2019. Páginas 4 y 5

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.