Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2019 (27/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Jueves 27 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE
Modifican Directivas para la compensación del pago de multas mediante los mecanismos de recuperación de áreas degradadas y de conservación de bosques húmedos en Comunidades Nativas y Campesinas, y para el fraccionamiento de multas impuestas por el OSINFOR
RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 050-2019-OSINFOR Lima, 21 de junio de 2019 VISTOS: El Informe Legal N° 115-2019-OSINFOR/04.2, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 099-2019-OSINFOR/05.2-EFER y el Proveído N° 191-2019-OSINFOR/05.2, emitidos por la Oficina de Administración, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, el Numeral 3.5 del Artículo 3° del citado Decreto Legislativo, señala como una de las funciones del OSINFOR, dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se requieran a obligaciones o derechos contenidos en títulos habilitantes; Que, el Artículo 12° del referido Decreto Legislativo, faculta al OSINFOR exigir coactivamente el cumplimiento de sus resoluciones, el pago de multas y acreencias o la ejecución de una obligación de hacer o no hacer, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS; Que, mediante Resolución Presidencial N° 129-2016-OSINFOR, modificada e integrada por Resolución Presidencial N° 073-2018-OSINFOR, se aprueba la Directiva N° 018-2016-OSINFOR/05.2, "Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas", que tiene por objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder a la compensación del pago de las multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre, mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas por cambio de uso o por extracción forestal; Que, mediante Resolución Presidencial N° 023-2017-OSINFOR, modificada e integrada por Resolución Presidencial N° 072-2018-OSINFOR, se aprueba la Directiva N° 009-2017-OSINFOR/05.2, "Directiva para el fraccionamiento de multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR", la cual tiene por objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder al fraccionamiento de las multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre; Que, mediante Resolución Presidencial N° 026-2017-OSINFOR, modificada e integrada por Resolución Presidencial N° 104-2017-OSINFOR, se aprueba la Directiva N° 010-2017-OSINFOR "Directiva

para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de conservación de bosques húmedos en Comunidades Nativas y Campesinas", que tiene por objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder a la conservación de bosques húmedos como mecanismo de compensación del pago de las multas impuestas por el OSINFOR, a comunidades nativas y campesinas, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre; Que, a través de la Resolución Presidencial N° 131-2017-OSINFOR, se conforma, con efectividad al 01 enero 2018, el Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones en la Oficina de Administración, integrado por personal de la Unidad de Administración Financiera y Ejecución Coactivo, encargado principalmente de la ejecución de las resoluciones de fiscalización del OSINFOR, con la finalidad de garantizar su cumplimiento, bajo la coordinación del Ejecutor Coactivo, con especial énfasis en la gestión de cobranza de las obligaciones a favor del OSINFOR, la gestión de los procedimientos de ejecución coactiva y otras acciones que le encargue la Jefatura; Que, mediante los documentos de visto, se sustenta la modificación de las Directivas números 018-2016-OSINFOR/05.2, 009-2017-OSINFOR/05.2 y N° 010-2017-OSINFOR, a fin de precisar el procedimiento para la emisión de las Resoluciones de Administración que resuelven aprobar o denegar los pedidos de fraccionamiento o compensación del pago de multas realizados por los administrados, así como declarar la pérdida de fraccionamiento o compensación del pago de multas; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR; el Decreto Supremo N° 024-2010PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085; y, en el marco de la facultad prevista en el Literal m) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recurso Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar los párrafos Séptimo y Octavo del Numeral 2.5.5 y los párrafos Segundo, Tercero y Cuarto del Numeral 2.5.8 de la Directiva N° 018-2016-OSINFOR/05.2, "Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas", aprobada por Resolución Presidencial N° 129-2016-OSINFOR, modificada e integrada por Resolución Presidencial N° 073-2018-OSINFOR, quedando redactados de la siguiente forma: "II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS (...) 2.5 PROCEDIMIENTO (...) 2.5.5 Evaluación y aprobación de la solicitud (...) En caso lo solicitado cumpla con las condiciones estipuladas en la presente Directiva o subsanadas las observaciones, el Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración se encargará de elaborar el informe que sustente la aprobación de la solicitud, así como de proyectar y visar la Resolución Jefatural conforme a los requisitos establecidos en la presente Directiva, incluyendo el fraccionamiento si este fue solicitado; y, procederá a remitir la Resolución y el expediente de compensación a la Oficina de Administración para su firma. (...) 2.5.8 Compensación de la deuda (...) El Equipo Funcional de Ejecución de Resoluciones de la Oficina de Administración se encargará de elaborar el Informe que sustenta la compensación de la deuda,

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