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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2019 (14/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 88

88 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2019 / El Peruano MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 159-2019 La Victoria, 5 de marzo de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: El Informe Nº 028-2019-GPP-MLV de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; Informe Nº 104-2019-GAJ- MLV, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorandum Nº 110-2019-GM/MLV de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 43.1, artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: “Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de conocimiento público, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal.”; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 435-2017-A/ MLV se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria y que fue modi fi cado mediante Resolución de Alcaldía Nº 532-2017-A/MLV; Que, mediante Informe Nº 028-2019-GPP/MLV la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto fundamenta el consolidado del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria estableciendo los requisitos y precios de dichos servicios, a fi n de contar con el instrumento normativo actualizado, el mismo que ha sido elaborado en coordinación con todas las áreas prestadoras del municipio, considerando los cambios al Reglamento de Organización y Funciones, así como el incremento de los insumos que son utilizados al prestar los servicios no exclusivos que brinda la Municipalidad de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 104-2019-GAJ/MLV, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable la aprobación, mediante resolución de alcaldía, del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender la política de mejora continua de los servicios de carácter no exclusivos prestados por la entidad municipal; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20°, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de La Victoria cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las Resoluciones de Alcaldía Nº 435-2017-A/MLV y Nº 532-2017-A/MLV, así como todo dispositivo que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- Encargar el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía a las áreas competentes de acuerdo a sus funciones.Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y del Anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1748943-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que aprueba la celebración de Matrimonio Civil Comunitario por el 83º Aniversario del distrito de Lince ORDENANZA Nº 414-2019-MDL Lince, 4 de marzo de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL LINCE POR CUANTO:El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha; y,VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre Matrimonio Civil Comunitario 2019, en el Distrito de Lince, propuesto mediante Memorándum Nº 297-2019-MDL-SG de fecha 01 de marzo de 2019, de la Secretaría General, los Informes Nº 002-2019-MDL/SG-RC y Nº 024-2019-MDL/SG-RC de fechas 04 de enero y 07 de febrero de 2019, respectivamente, de la O fi cina de Registro Civil, y el Informe Nº 130 - 2019-MDL-GAJ de fecha 04 de marzo de 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, y promueven el Matrimonio, reconociéndolos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el Código Civil señala en el artículo 234º que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fi n de hacer vida común; Que, el numeral 16 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del Alcalde, celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil; Que, es política de la actual Gestión Municipal, promover el matrimonio como institución social y jurídica, entre aquellas parejas que se encuentran en condición de contraer matrimonio civil para contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad, cautelando su legalidad y seguridad jurídica; Que, con motivo de Conmemorase un Aniversario más de la Creación Política del Distrito de Lince se propone la realización de la celebración de Matrimonio Civil Comunitario 2019 para el día 18 de mayo del 2019; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º numeral 8) y artículo 40º de