Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 14 de marzo de 2019 /

El Peruano

mejorar las capacidades de participación ciudadana en las organizaciones de la sociedad civil; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 3822017/MDC, se aprueba los lineamiento técnicos para transversalizar el enfoque de género en las políticas y gestión local; Que, mediante Informe Nº 0027-2019-GPPCI/MDC, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, sustenta y remite a la Gerencia Municipal el Proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Carabayllo, el mismo que consta de III Títulos; Que, mediante Informe Nº 093-2019GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la aprobación del Proyecto de Reglamento del Proceso Presupuesto Participativo Basado en Resultados, del Distrito de Carabayllo; Estando al Dictamen Nº 01-2019-CEPP/MDC, de la Comisión, de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto con el voto aprobatorio por UNANIMIDAD de los señores Regidores; con la dispensa de la lectura y Aprobación del Acta; el Concejo Municipal en ejercicio de sus facultades conferidas en el art. 194º de la Constitución Política del Perú y en los numerales 8) y 14) del artículo 9º y los artículos 39º y 40º de la Ley Nº 29792 "Ley Orgánica de Municipalidades"; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO PARA EL AÑO 2020 Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Carabayllo, el cual consta de (03) Títulos, nueve (09) Capítulos y Treinta y Dos (32) Artículos y tres (03) Anexos, el mismo que será de carácter general y permanente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, a la Subgerencia de Participación Vecinal, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que emita las disposiciones legales complementarias que sean necesarias para la efectiva implementación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- LOS COSTOS que irrogue la realización del Proceso de Formulación del Presupuesto Basado en Resultados del Distrito de Carabayllo, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional de la Municipalidad y los aportes que se obtengan de los organismos e instituciones privadas promotoras del desarrollo. Artículo Quinto.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Municipal Nº 223-A/MDC y todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde REGLAMENTO QUE REGULA EL PROCESO DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS, DEL DISTRITO DE CARABAYLLO TITULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 1º.- Objeto La presente Ordenanza tiene como objeto regular el proceso de formulación y aprobación del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados y su aplicación en el ámbito territorial del distrito de Carabayllo.

Artículo 2º.- Base Legal El presente Reglamento tiene la siguiente base legal: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modificatorias. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias. - Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y modificatorias. - Ley Nº 28056 ­ Ley Marco de Presupuesto Participativo - Ley Nº 28983 ­ Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres. - Ley Nº 29298 Ley que modifica la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo - Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento, entre las que se encuentra la obligación del Estado de Promover la igualdad de Oportunidades en las políticas, planes y prácticas del Estado. - Decreto Supremo Nº 142-2009-EF ­ Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo en los artículos 4º, 5º, 6º y 7º. - Que, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución para delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; - Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo basado en un enfoque por Resultados. - Resolución Directoral Nº 001-2017-EF/63.01, Directiva para la Programación Multianual en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. - D.L. Nº 1252, Crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. - Resolución Directoral Nº 008-2017-EF/50.01, aprueba la Directiva Nº 001-2017-EF/50.01 "Directiva de Programación Multianual". - Ordenanza Municipal Nº 312-2014/MDC ­ Plan Local de Acción por la Infancia y Adolescencia 2014-2021 del Distrito de Carabayllo - Ordenanza Municipal Nº 360-2016-MDC ­ Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Carabayllo - Ordenanza Municipal Nº 382-2017/MDC, se aprueba los lineamientos técnicos para transversalizar el enfoque de género en las políticas y gestión local. Artículo 3º.- Finalidad La finalidad de la presente ordenanza es regular el proceso de Formulación de Presupuesto Participativo basado en resultados y generar las condiciones para promover un proceso técnico, participativo y concertado con los diferentes actores sociales del distrito, para planificar, identificar y priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa, al presupuesto institucional. Lograr estos cambios suponen producir resultados que mejoren notablemente las condiciones de vida de las personas. El proceso de Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz, y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado y Sociedad Civil. El Gobierno Municipal y las Organizaciones de la Sociedad Civil debidamente representadas, definen en conjunto que se quiere lograr, y como se orientan los recursos, teniendo en cuenta los objetivos el Plan de Desarrollo Local Concertado Distrital al 2030. Artículo 4º.- Ámbito y Alcance El ámbito para la realización del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados comprende: la Sociedad Civil, Organizaciones Sociales de Base, Entidades Públicas y Privadas del Distrito de Carabayllo.

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