Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 14 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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desarrollar, mantener y conservar el tipo adecuado de personal, es dependiente de la Gerencia Administración y Finanzas. Está a cargo de un Funcionario de Confianza con categoría de Subgerente, de Profesión Abogado, Licenciado en Administración de Empresas, Ingeniero Industrial o similar con la especialidad en Recursos Humanos y le competen las siguientes funciones: 1. Conducir el Sistema Administrativo de Personal de acuerdo con la política Institucional y las disposiciones legales vigentes. 2. Mantener actualizados los legajos de personal, escalafón, registro de servidores y controlar la permanencia y asistencia del personal. 3. Conducir y revisar las actividades relacionadas con la elaboración de planillas de remuneraciones, pensiones y liquidación de los beneficios sociales. 4. Llevar el Registro y Control de los contratados bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. 5. Llevar el Registro de Practicantes. 6. Desarrollar Programas de Capacitación y de Bienestar para los trabajadores en general. 7. Adecuar y aplicar los procesos técnicos de clasificación, selección, evaluación y promoción de personal. 8. Organizar y dirigir las actividades relacionadas con las acciones preventivas de salud, recreación e integración del personal. 9. Elaborar, implementar y actualizar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y el Presupuesto Normativo de Personal y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y CAP Provisional. 10. Actualizar los instrumentos de gestión relacionado a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil tales como, Mapeo de Puestos, Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE), Manual de Perfiles de Puestos (MPP), Manual de Puestos Tipo (MPT) y el Plan de Desarrollo de Personas (PDP). 11. Llevar el Registro de Asistencia, Permanencia y Puntualidad del Personal. 12. Representar a la Municipalidad ante el Ministerio de Trabajo en los asuntos de su competencia. 13. Las demás funciones que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo 78º.- La Subgerencia de Tesorería, es un órgano de apoyo que depende de La Gerencia Administración y Finanzas. Está a cargo de un Funcionario de Confianza con Categoría de Subgerente, Bachiller en Contabilidad y/o Contador Público Colegiado con experiencia en sector público. Artículo 80º.- La Subgerencia de Tesorería, tiene las siguientes funciones: 1. Programar, organizar, ejecutar y controlar las actividades de los Sistemas de Tesorería, programación de caja en concordancia a la captación de ingresos y el calendario de compromisos. 2. Ejecutar su Plan Operativo Institucional y Presupuestal, correspondiente a la Subgerencia de Tesorería, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados. 3. Atender el pago de remuneraciones del personal activo y pensionario en forma prioritaria, así como efectivizar los que correspondan a los acreedores de la municipalidad, de acuerdo al presupuesto autorizado. 4. Planificar, organizar, dirigir y controlar el seguimiento y verificación del cumplimiento de las disposiciones legales y normativas en relación con normas de tesorería coordinando con las demás áreas, la aplicación de las normas técnicas de control interno. 5. Emitir, endosar y girar los cheques en representación de la municipalidad, así como pagares, fianzas y cualquier otro que sea necesario para la gestión económica y financiera de la municipalidad de manera mancomunada con el encargo de las actividades de la subgerencia y conforme a las disposiciones legales vigentes. 6. Elaborar flujos de caja de corto, mediano y largo plazo, emisión del libro de caja, amortización de

intereses, analizar y conciliar las cuentas bancarias de la municipalidad. 7. Proporcionar oportunamente información y mantener actualizado los saldos de las cuentas bancarias para el registro contable y presupuestario. 8. Adoptar las medidas de seguridad para la custodia, traslado y depósitos de los fondos. 9. Formular la programación y/o flujo de caja, en concordancia con la captación de ingresos y el calendario de compromisos de gastos. 10. Elaboración mensual del MIF (Módulo de Instrumentos Financieros) en el aplicativo WEB. 11. Enviar la información de sentencias judiciales a procuraduría publica para hacer la descarga en el módulo de sentencias judiciales aplicativo web. 12. Realizar los ingresos en el SIAF (Sistema Integrado de Administración Financiero) de todos los rubros y todo tipo de recursos. 13. Realizar la Programación Mensual de Calendario de pago en las fechas establecidas según MEF y en el SIAF. 14. Realizar ampliaciones de calendario de pago en el SIAF establecidas en las fechas correspondientes según MEF. 15. Custodiar y Cautelar las cartas Fianzas emitidas por las diferentes empresas como fondo de garantías. 16. Atender los pagos de remuneraciones, proveedores, terceros entre otras según disponibilidad de techo financiero. 17. Las demás funciones que le asigne la Gerencia de Administración y Finanzas. Artículo 105º.- La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, es el órgano de asesoramiento de la Municipalidad, encargado de coordinar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades del Planeamiento y Presupuesto en la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Está a cargo de un Funcionario de Confianza con Categoría de Gerente y depende de la Gerencia Municipal. Debe estar a Cargo de un Profesional Titulado con experiencia en Gestión Pública y/o Gestión Municipal. Artículo 107º.- La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional tiene las siguientes funciones: 1. Orientar, coordinar y participar en la formulación y elaboración de Políticas de Gestión Municipal, y de los Planes y Programas Integrales de- Desarrollo, en coordinación con la Gerencia Municipal y Gobierno Municipal. 2. Proponer programas de capacitación al personal con la finalidad, de crear una cultura organizacional municipal, orientada a facilitar la modernización de la gestión y a lograr altos niveles en la calidad de los servicios a la comunidad. 3. Organizar, conducir, ejecutar y supervisar en sus fases de Programación, Formulación, Control y Evaluación, el Presupuesto Participativo de la Entidad y la implementación y evaluación del Proceso de Planeamiento en la Municipalidad. 4. Asistir a las dependencias administrativas, en la elaboración y presentación de la información necesaria para la programación y formulación del presupuesto municipal. 5. Elevar a la Gerencia Municipal para su revisión la programación Multianual, las modificaciones y las evaluaciones presupuestarias, según corresponda. 6. Controlar y evaluar el presupuesto municipal en función a las asignaciones presupuestarias aprobadas conforme a los dispositivos legales vigentes que emita el Sistema Nacional de Presupuesto. 7. Coordinar, recopilar, consolidar y remitir la información que genere el Proceso Presupuestario del Pliego, en sus fases de Aprobación, Ejecución y Evaluación, respectivamente. 8. Informar a la Alta Dirección la recaudación mensual de ingresos y gastos y los saldos para orientar la ejecución y disponibilidad financiera de acuerdo al Presupuesto Aprobado.

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