Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2019 (14/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Jueves 14 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES
Finanzas (MEF). De su sector

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representan a la sociedad civil, elegidos democráticamente en la última sesión del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; y reconocido formalmente por el Concejo Municipal. Elección y duración Los miembros del comité, son elegidos democráticamente a propuesta de los agentes participantes y sometidos a votación a mano alzada. El periodo del Comité de Vigilancia Se inicia desde su elección y juramentación hasta el 31 de diciembre. Por otro lado si aún no es ejecutada la obra continúan cumpliendo su labor. Requisitos para ser integrante del Comité de Vigilancia a) Ser Agente Participante, procurando la participación de mujeres y jóvenes, a fin de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y equidad de género. b) Radicar en la Jurisdicción del Distrito de Carabayllo c) No haber sido condenado por delitos o faltas. Funciones del Comité de Vigilancia a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. b) Vigilar que el gobierno municipal cuente con un cronograma de ejecución de obras de los proyectos de inversión priorizados en el proceso Participativo. c) Vigilar que los recursos de la Municipalidad de Carabayllo destinados al presupuesto participativo correspondiente, sean invertidos en conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado. e) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo. f) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local sobre los resultados de la vigilancia. g) Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Municipal, a la Contraloría General de la Republica, al Ministerio Publico o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados o en la ejecución de los proyectos priorizados en este. Información para el Comité de Vigilancia La Municipalidad de Carabayllo debe proporcionar al Comité de Vigilancia, la siguiente información: a) Cronograma de inversiones donde se detalle la programación de los proyectos priorizados, específicamente las fechas en las que se iniciara y culminara las etapas de pre inversión y la etapa de inversión, según corresponda. b) El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modificaciones, durante la ejecución, cuando estas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo. c) Ejecución de gatos de inversión, trimestral, semestral, y anual del avance de la ejecución de proyectos de inversión según reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera. d) Si alguno de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo, no califica su viabilidad, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, respetando la escala de prioridades establecidas participativamente, hecho que debe hacerse de conocimiento del Comité de Vigilancia y del Consejo de Coordinación Local. e) El Comité de Vigilancia deberá utilizar la información contenida en el aplicativo interactivo del Presupuesto Participativo registrado en la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y

A la fecha la Municipalidad Distrital de Carabayllo cuenta con 11 sectores dentro del distrito. El Comité de Vigilancia se organizará de la siguiente manera por sector: Sector 1 Sector 2 Sector 3 Sector 4 Sector 5 Sector 6 Sector 7 Sector 8 Sector 9 Sector 10 Sector 11 a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo

a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo
a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo

a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo
a) Presidente b) Secretario de Actas y Archivo TITULO III

DE LAS FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 16º.- De las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Las fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, son las siguientes: · FASE DE PREPARACION, que corresponde: - Las acciones de comunicación, sensibilización y preparación del plan de actividades y materiales. - Convocatoria, identificación y registro de Agentes Participantes. - Capacitación de los Agentes Participantes · FASE DE CONCERTACION, que comprende: - El desarrollo de los talleres de trabajo, donde se reúnen el Equipo Técnico y la sociedad civil, representados por los agentes participantes, para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identificación, evaluación técnica y priorización de los proyectos de inversión que contribuyan al logro de resultados a favor de la población, sobre todo de aquellos sectores con mayores necesidades de servicios básicos. - Formulación de Acuerdos y Compromisos · FASE DE COORDINACION ENTRE NIVELES DE GOBIERNO, que implica las acciones de articulaciones y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional y Gobierno Local Provincial y Gobierno Local Distrital. · FASE DE FORMALIZACION, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional y la Rendición de Cuentas sobre la ejecución.

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