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83 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2019 El Peruano / Que, asimismo el Decreto Supremo Nº 087-2004 PCM, también establece en el Artículo 25º establece: Las Instituciones y Personas que conduzcan los procesos de Zoni fi cación Ecológica y Económica-ZEE podrán acceder a la información cartográ fi ca requerida y disponible a través de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú – IDEP. (...); Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2017-GRU- CR, se aprueba la Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE de la Región Ucayali, a nivel Mesozoni fi cación; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2016-GRU-CR, se dispone la modi fi cación de la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región Ucayali, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 056-2015-MINAM, que aprueba el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de la Zoni fi cación Ecológica y Económica en el ámbito regional y local”, norma que hace precisiones sobre lo establecido en el Reglamento de ZEE acerca de la constitución y conformación de las Comisiones Técnicas y que permite su articulación con las normas de carácter nacional; Que, mediante Informe Legal Nº 074-2018-GRU- GGR-ORAJ/TTC, de fecha 02 de agosto de 2018, emitido por el Director Sistema Adm. II_ORAJ, Abog. Telésforo Trujillo Caico, concluye que se remita al Consejo Regional, por intermedio de la Gobernación Regional, el Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región Ucayali, para su evaluación y aprobación mediante Ordenanza Regional, por tratarse de un asunto de interés general y cuyo ámbito de aplicación involucra a Instituciones Pública y Privadas; Que, mediante Informe Legal Nº005-2018- GRU-CR/AIV-EEAT, de fecha 07 de noviembre de 2018, emitido por la Abogada Elena Eliana Acosta Toguchi, Abogada IV del Consejo Regional, opina que la propuesta del Reglamento de Aplicación de la Zonificación Ecológica y Económica de la Región Ucayali, cumple con los requisitos establecidos por ley, por lo que resulta viable su aprobación; Que, mediante Dictamen Nº 005-2018-GRU-CR- CRNyGMA, de fecha 07 de noviembre de 2018 la Comisión de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional, Dictamina: aprobar Reglamento de Aplicación de la zoni fi cación Ecológica y Económica de la Región Ucayali; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículos 9º y 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha trece de noviembre del dos mil dieciocho, el cual consta en Acta, aprobaron por mayoría la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE de la Región Ucayali, a nivel Mesozoni fi cación que consta de tres (3) Títulos, ocho (8) Artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, el mismo que como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia General Regional en coordinación con la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, la implementación de lo dispuesto en el presente Reglamento, que será fi nanciado con cargo al presupuesto institucional. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali - ARAU, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el diario de mayor circulación en la capital de la Región y a la O fi cina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil dieciocho. FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN Consejera Delegada JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ucayali a los 7 días del mes de diciembre de 2018. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1749917-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que modifica artículos de la Ordenanza N° 079-2009-MLV que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal ORDENANZA Nº 304-2019/MLV La Victoria, 12 de marzo de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 12 de marzo de 2019; VISTO: El Dictamen N° 002-2019-CPPAL/MLV, de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.” Que, en concordancia con la autonomía política que gozan los gobiernos locales, el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; esto en concordancia con lo estipulado en el numeral 12) del referido artículo estableciendo