Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2019 (18/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Lunes 18 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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acuerdo o contrato, con excepción del contrato de trabajo de la propia autoridad, cuyo objeto sea un bien municipal, pues es el contrato el acto jurídico en el que se dispone bienes, se identifica a las partes y al objeto del contrato. De ahí que los escasos medios probatorios no acreditan de la existencia del primer elemento de la causal de restricciones de contratación, esto es, la existencia de un contrato cuyo objeto es un bien municipal, lo que impide la continuación de este análisis en los siguientes elementos, más aún cuando el solicitante de la vacancia sostiene que estos fueron por concepto de combustible y refrigerios, lo cual no se ha podido corroborar con los actuados del presente expediente. 9. Por otro lado, cabe hacer mención que, como se sostiene en los Descargos del alcalde, no existe documentación que pruebe la vinculación parental de Lita Chilcon Reaño (presunta conviviente) con Ricardo Chilcon Villanueva y Blanca Victoria Reaño Dávila, razón por la que, de pasar a la revisión del segundo y tercer elemento de la causal de restricciones de contratación, sería dificultoso su verificación. 10. En virtud de lo señalado, teniendo esta causal de vacancia una naturaleza especial por requerirse la concurrencia conjunta de sus elementos para su configuración, al no cumplirse el primero de ellos, carece de objeto analizar el resto, motivo por el cual debe confirmarse la decisión venida en grado por ser infundada la petición de vacancia. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Justiniano Mukuim Zacarías; y, en consecuencia, CONFIRMAR la decisión tomada en el Acta de Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal N° 003-2018-MDRS/CM, del 5 de junio de 2018, que rechazó la solicitud de vacancia presentada en contra de Mateo Impi Víctor, alcalde de la Municipalidad Distrital de Río Santiago, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1750619-9

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Jimmy Franco Palacios Ramírez en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 044-2018MDHr/CM, del 15 de junio de 2018, que declaró infundada la solicitud de vacancia que presentó contra María Gisela Ortega Ramos, regidora del Concejo Distrital de Huantar, provincia de Huari, departamento de Áncash, por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de declaratoria de vacancia Con fecha 31 de mayo de 2018, Jimmy Franco Palacios Ramírez solicitó al Concejo Distrital de Huantar la vacancia de María Gisela Ortega Ramos, regidora del citado concejo municipal (fojas 2 a 13), por la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). El argumento en la solicitud de vacancia es que la citada regidora es prima hermana de Yorka María Trujillo Ramos, trabajadora de la Municipalidad Distrital de Huantar, quien laboró en la referida entidad edil, desde el 3 al 31 de enero de 2018, como asistenta de la Oficina del Área Técnica Municipal, del 1 al 28 de febrero de 2018, como asistenta de la Oficina de Desarrollo Social, Económico y Servicios Públicos de la referida comuna edil, percibiendo remuneración de S/ 1,000.00 por cada mes. A efectos de acreditar la causal invocada, el solicitante adjunta, entre otros, los siguientes medios probatorios: a) Copia certificada de la partida de nacimiento de Chavuca Ramos Cristóbal, expedida por la Municipalidad Distrital de Huantar (fojas 15). b) Copia certificada de la partida de nacimiento de Feliciana Bivina Ramos Cristóbal, expedida por la Municipalidad Distrital de Huantar (fojas 16). c) Copia certificada de la partida de nacimiento de Yorka María Cristóbal Ramos1, expedida por la Municipalidad Distrital de Huantar (fojas 17 y vuelta). d) Copia certificada de la partida de nacimiento de María Gisela Ortega Ramos, expedida por la Municipalidad Distrital de San Marcos (fojas 18). e) Copia certificada del contrato de locación de servicios del 26 de enero de 2018, celebrado entre la Municipalidad Distrital de Huantar y Yorka María Trujillo Ramos (fojas 19 a 21). f) Informe N° 001-2018/MDHr/CAA, del 30 de enero de 2018, que contiene información de las labores realizadas por Yorka María Trujillo Ramos correspondiente al mes de enero de 2018 (fojas 22). g) Informe N° 006-2018-MDHr/ATM/GCCS, del 31 de enero de 2018, que contiene la conformidad de personal de las labores realizadas por Yorka María Trujillo Ramos correspondiente a enero de 2018 (fojas 24). h) Autorización de Giro N° 001-2018-MDHr/GM, del 6 de febrero de 2018, mediante el cual se tramita giro por las labores realizados por Yorka María Trujillo Ramos correspondiente al mes de enero de 2018 (fojas 26). i) Comprobante de Pago N° 027, del 6 de febrero de 2018, que se gira para cancelar el servicio prestado como asistenta (fojas 27). j) Copia certificada del contrato de locación de servicios, del 6 de febrero de 2018, celebrado entre la Municipalidad Distrital de Huantar y Yorka María Trujillo Ramos (fojas 28 a 30). k) Informe N° 001-2018-MDHr/YMTR, del 27 de febrero de 2018, que contiene las labores realizadas por Yorka María Trujillo Ramos, correspondiente al mes de febrero de 2018 (fojas 31). l) Informe N° 021-2018-MDHr/GOSESP, el 28 de febrero de 2018, que contiene la conformidad de servicio de las labores realizadas por Yorka María Trujillo Ramos correspondiente al mes de febrero de 2018 (fojas 33). m) Autorización de Giro N° 074-2018-MDHr/GM del 2 de marzo de 2018, mediante el cual se tramita

Convocan a ciudadano para que asuma cargo de regidor del Concejo Distrital de Huantar, provincia de Huari, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN N° 3365-2018-JNE Expediente N° J-2018-00436-A01 HUANTAR - HUARI - ÁNCASH VACANCIA RECURSO DE APELACIÓN Lima, cinco de noviembre de dos mil dieciocho

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