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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2019 (31/03/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 31 de marzo de 2019 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2020 del OSINFOR RESOLUCIÓN DE JEFATURA N° 029-2019-OSINFOR Lima, 29 de marzo de 2019VISTOS: El Informe N° 023-2019-OSINFOR/04.1, emitido por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 072-2019-OSINFOR/04.2, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, encargado a nivel nacional de la supervisión y fi scalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque; Que, a través de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), se otorga al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fi scalización ambiental –a cargo de las diversas entidades del Estado– se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y e fi ciente; Que, el Artículo 7° de la Ley del SINEFA señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental - EFA Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fi scalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA. Estas entidades forman parte del SINEFA y sujetan su actuación a las normas de la presente Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, el Numeral 6.1 del Artículo 6° del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, establece que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental son los instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fi scalización ambiental a ser efectuadas durante el año fi scal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su Plan, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto; Que, el Artículo 5° de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD (en adelante, los Lineamientos), dispone que el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fi scalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de plani fi cación y presupuesto; y, que las actividades plani fi cadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional (en adelante, POI) durante el año anterior a su ejecución, a fi n de asegurar el fi nanciamiento de las acciones y metas programadas; Que, de conformidad con el Artículo 8° de los Lineamientos, el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, como máximo, hasta el día quince (15) del mes de marzo del año anterior a su ejecución, y que en caso se modi fi que el POI de la EFA, se podrá modi fi car el PLANEFA en correspondencia; Que, sin perjuicio de lo señalado, a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 009-2019-OEFA/CD, se amplía el plazo de aprobación de los PLANEFA, a cargo de las EFA, correspondientes a los años 2019 y 2020 hasta el 31 de marzo de 2019, siempre que se adecúen a los Lineamientos; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre; la Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, han proyectados sus metas y la respectiva estimación del presupuesto para la programación de actividades del PLANEFA del OSINFOR correspondiente al año 2020; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Supervisión Forestal y de Fauna Silvestre; de la Dirección de Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; de la Dirección de Evaluación Forestal y de Fauna Silvestre; de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1085, que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR; la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM, que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental; la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD, que aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2020 del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, el cual como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (www.osinfor.gob.pe), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Jefa (e)Organismo de Supervisión de los RecursosForestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR 1755485-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Designan Jefe de Recursos Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 00035-2019-PD/OSIPTEL Lima, 28 de marzo de 2019