Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2019 (31/03/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Domingo 31 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

59

únicamente en los medios de comunicación que establece la Ley Nº 30793, Ley que Regula el Gasto de Publicidad del Estado Peruano, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General

1

Expedientes Nº 0012-2018-PI/TC y Nº 0013-2018-PI/TC, Caso de la ley que regula el gasto de publicidad estatal, con fecha 11 de octubre de 2018, Poder Ejecutivo y Congresistas c. Congreso de la República.

1755472-3

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 3550-2018-JNE Expediente Nº J-2018-01004-C01 MIRGAS - ANTONIO RAIMONDI - ÁNCASH CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO Lima, diez de diciembre de dos mil dieciocho. VISTO el Oficio Nº 0223-2018-MDM/A, presentado, el 7 de diciembre de 2018, por Isahel Medrano Blaz, alcalde de la Municipalidad Distrital de Mirgas, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Áncash, al haberse declarado la vacancia de Uldarico Rojas Principe en el cargo de regidor de dicha entidad, por la causal de muerte, prevista en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante el Acuerdo de Concejo Nº 020-2018-MDM/A, el Concejo Distrital de Mirgas declaró, por unanimidad, la vacancia de Uldarico Rojas Principe, por la causal de muerte, establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En razón de dicha declaratoria de vacancia, Isahel Medrano Blaz, alcalde de la citada comuna edil, solicitó que el Jurado Nacional de Elecciones proceda a la convocatoria de candidato no proclamado, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la LOM. Adjunta, para dicho efecto, el acta de defunción que certifica el deceso de la autoridad municipal en fecha 25 de julio de 2018 (fojas 4 y vuelta). CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la LOM, la vacancia es declarada por el concejo municipal, dando observancia al debido proceso, y el respeto al ejercicio del derecho de defensa, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa.

2. Ahora bien, a través de la Resolución Nº 5392013-JNE se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía, celeridad procesal y de verdad material, sino también atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales que, en aquellos casos donde se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En este caso, en vista de que está acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante certificado de defunción general, corresponde declarar la vacancia de Uldarico Rojas Principe, y, en consecuencia, en aplicación del artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Inés Pablo Arainga, identificada con DNI Nº 45466727, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, a fin de que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Áncash, para que complete el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 26 de noviembre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huari, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Uldarico Rojas Principe como regidor del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Áncash, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Inés Pablo Arainga, identificada con DNI Nº 45466727, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Mirgas, provincia de Antonio Raimondi, departamento de Áncash, a efectos de completar el periodo de gobierno municipal 2015-2018, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1755472-4

NO

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Acopía, provincia de Acomayo, departamento de Cusco
RESOLUCIÓN N° 3551-2018-JNE Expediente N° J-2018-00989-C01

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.