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45 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2019 El Peruano / Nacional la decisión sobre la creación de las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la población o localidades donde no exista o fi cina registral; Que mediante la Ley N° 27269, modi fi cada posteriormente por la Ley N° 27310, se aprobó la Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, normas por medio de las cuales se regula la utilización de la fi rma digital otorgándole la misma validez y e fi cacia jurídica que la fi rma manuscrita y otra análoga; Que mediante lo Dispuesto en la Sétima Disposición Transitoria del Decreto Supremo N° 004-2007-PCM se nombró al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) como la única Entidad de Certi fi cación Nacional para el Estado Peruano (ECERNEP), concediéndosele igualmente la facultad de actuar como Entidad de Certi fi cación para el Estado Peruano (ECEP) y Entidad de Registro o Veri fi cación para el Estado Peruano (EREP); Que asimismo, mediante Decreto Supremo N° 052- 2008-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27269, el mismo que establece en su artículo 45° que el Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe) es un documento nacional de identidad, emitido por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, que acredita presencial y electrónicamente la identidad personal de su titular, permitiendo la fi rma digital de documentos electrónicos y el ejercicio del voto electrónico presencial, siendo que a diferencia de los certi fi cados digitales que pudiesen ser provistos por otras Entidades de Certi fi cación públicas o privadas, el que se incorpora en el Documento Nacional de Identidad electrónico (DNIe) cuenta con la facultad adicional de poder ser utilizado para el ejercicio del voto electrónico primordialmente no presencial en los procesos electorales; Que mediante Resolución Jefatural N° 78-2016/ JNAC/RENIEC de fecha 17 de junio de 2016, se aprobó el Plan de Masi fi cación del DNIe y Presupuesto para el Plan de Masi fi cación del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe), propuesto por la Gerencia de Registros de Certi fi cación Digital; Que asimismo mediante Resolución Jefatural N° 156-2017/JNAC/RENIEC, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 22 de noviembre de 2017; se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del RENIEC, en el cual recoge los procedimientos administrativos pertinentes para la atención de las disposiciones legales vigentes sobre procedimientos del Documento Nacional de Identidad Electrónico (DNIe); Que en ese contexto, mediante documento de vistos la Jefatura Regional 2 – Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales, señala que la Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicita la instalación de un módulo RENIEC en la sede de la Corte Superior de Justicia de La Libertad para atender los servicios que prestamos; Que por su parte, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante documento de vistos señala que en virtud a la adenda suscrita con el Poder Judicial y nuestra institución; se requiere la emisión de la Resolución Jefatural de creación de la O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano - EREP, con e fi cacia anticipada, ya que viene funcionando desde el 02 de mayo del 2018 en las instalaciones de la Corte Superior de Justicia de La Libertad – Sede Natasha Alta, sito en Mz. P, Sub Lote 7, Natasha Alta, Urbanización Covicorti, distrito y provincia de Trujillo, departamento La Libertad; Que en ese contexto, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la apertura de la O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano - EREP en la Corte Superior de La Libertad en la Sede Natasha Alta del distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que asimismo la Gerencia de Registros de Certi fi cación Digital, a través de los documentos de vistos, señala que la nueva o fi cina EREP en la Corte Superior de La Libertad en la Sede Natasha Alta del distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, cumple con los requisitos establecidos para prestar servicios de certi fi cación digital;Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, opina favorablemente sobre la apertura de una O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano - EREP en la Corte Superior de La Libertad en la Sede Natasha Alta del distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; Que teniendo en consideración lo expuesto y lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante documento de vistos, emite opinión considerando que resulta viable la apertura una O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano - EREP en la Corte Superior de La Libertad en la Sede Natasha Alta del distrito de Trujillo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, a cargo de la Jefatura Regional 2 – Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la apertura de la O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano (EREP) en la Corte Superior de Justicia de La Libertad - Sede Natasha Alta, sito en Mz. P, Sub Lote 7, Natasha Alta, Urbanización Covicorti, distrito y provincia de Trujillo, departamento La Libertad, con e fi cacia anticipada al 02 de mayo de 2018, en los términos recomendados por los órganos competentes; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modi fi catoria; lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y su modi fi catoria; y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, con e fi cacia anticipada al 02 de mayo de 2018, la apertura de una O fi cina de Entidad de Registro del Estado Peruano - EREP en la Corte Superior de Justicia de La Libertad – Sede Natasha Alta, el cual se encuentra ubicado en la Mz. P, Sub Lote 7, Natasha Alta, Urbanización Covicorti, distrito y provincia de Trujillo, departamento La Libertad, a cargo de la Jefatura Regional 2 – Trujillo de la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, publíquese y cúmplase.BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1769641-1