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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2019 (16/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2019 / El Peruano Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Cristina Jakelin Carpio Salguero, con matrícula número N-4795, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articuló Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1769128-1 Autorizan al Banco Ripley Perú la apertura de oficina especial en el distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1955-2019 Lima, 6 de mayo de 2019LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco Ripley Perú para que se le autorice la apertura de una (1) o fi cina especial, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “E”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015 y modi fi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco Ripley Perú la apertura de una o fi cina especial, ubicada en la Av. Alfredo Mendiola N° 3698, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1769133-1 Autorizan modificación del estatuto social de la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 1985-2019 Lima, 8 de mayo de 2019LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia autorice la modi fi cación del artículo primero de su estatuto social; y, CONSIDERANDO:Que, conforme al artículo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias (en adelante, Ley General), toda modi fi cación estatutaria debe contar con la aprobación previa de la Superintendencia, sin la cual no procede la inscripción en los Registros Públicos; con excepción de las modi fi caciones derivadas de aumentos del capital social, a las que se re fi ere el primer párrafo del artículo 62º de la misma norma, que, sin embargo, deben ser puestas en conocimiento de la Superintendencia; Que, mediante Resolución SBS Nº753-2019 se autorizó la conversión del Banco Cencosud S.A. a Caja Rural de Ahorro y Crédito bajo la denominación de “Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A.” y/o la denominación abreviada de “Caja CAT Perú”; Que, posteriormente en la Junta General de Accionistas de la Caja llevada a cabo el día 2 de abril de 2019, se acordó, entre otros, modi fi car el artículo primero del estatuto de la sociedad, el mismo en que establece que la sociedad se denomina “Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A.” eliminando la denominación abreviada “CAT PERU”, y autorizar a María Teresa Rivas Solís y a César Miguel Legrand Portugal para que cualquiera de ellos, actuando individualmente y a sola fi rma, representen a la sociedad en el procedimiento de autorización de modi fi cación de estatuto ante la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, así como para suscribir todos los documentos privados y públicos necesarios para formalizar la modi fi cación hasta lograr la inscripción en Registros Públicos; Que, la Caja ha cumplido con presentar la documentación requerida según lo señalado en el Procedimiento Nº 44 “Autorización de modi fi cación de estatuto social” del Texto Único Ordenado del Procedimiento Administrativo (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, documentación que se encuentra conforme tras la evaluación realizada; Con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria “B” y el Departamento de Asesoría y Supervisión Legal, así como de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modi fi catorias; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar en los términos propuestos la modi fi cación del artículo primero del estatuto social de la Caja Rural de Ahorro y Crédito CAT Perú S.A. y devuélvase la minuta que formaliza dicha modi fi cación con el sello o fi cial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública, en la que se insertará el texto de la presente Resolución para su inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1769016-1