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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2019 (28/05/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Martes 28 de mayo de 2019 El Peruano / Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 0056-2019-JNE Expediente Nº JNE.2019000242 AMARILIS - HUÁNUCO - HUÁNUCOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, quince de mayo de dos mil diecinueveVISTO el O fi cio Nº 011-2019-MDA/GSG, recibido el 18 de marzo de 2019, mediante el cual el gerente de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que Rubén Rodríguez Rivera no ha juramentado al cargo de regidor. CONSIDERANDOS 1. El artículo 34 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM), establece que los alcaldes y regidores electos y debidamente proclamados y juramentados asumen sus cargos el primer día del mes de enero del año siguiente al de la elección. Bajo similar tenor, el artículo 6 de la Ley Nº 26997, Ley que establece la conformación de comisiones de transferencia de la administración municipal, dispone que los ciudadanos proclamados como autoridades municipales deberán juramentar de acuerdo con el procedimiento establecido en dicha norma. 2. En el presente caso, del acta de juramentación, de fecha 1 de enero de 2019 (fojas 15 y 16), se advierte que Rubén Rodríguez Rivera, regidor electo para el Concejo Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, en el marco del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, no asistió al acto de juramentación, pese a que tomó conocimiento de tal acto, tal como se aprecia del documento 1 que obra a folios 67. 3. Estando a lo expuesto, debe procederse conforme lo dispone el artículo 35 de la LEM, que establece que para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal, y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. 4. En ese sentido, a fi n de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Amarilis, corresponde convocar a Ángel Marcos Gutiérrez Baldeón, identi fi cado con DNI Nº 22517887, candidato no proclamado de la organización política Solidaridad Nacional, a efectos de que asuma el cargo de regidor del citado concejo distrital a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019- 2022. 5. Cabe señalar que dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, con motivo de las Elecciones Municipales 2018. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial que le fuera otorgada a Rubén Rodríguez Rivera como regidor del Concejo Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, con motivo de las Elecciones Municipales de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Ángel Marcos Gutiérrez Baldeón, identi fi cado con DNI Nº 22517887, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Amarilis, provincia y departamento de Huánuco, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1 Escrito, de fecha 15 de mayo de 2019, mediante el cual Rubén Rodríguez Rivera comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que, en efecto, no juramentó al cargo de regidor del Concejo Distrital de Amarilis. Dicho escrito contiene la fi rma legalizada ante notario público de la referida persona. 1773060-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que establece disposiciones para la disminución progresiva del plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables en el distrito de La Victoria ORDENANZA Nº 313-2019/MLV La Victoria, 24 de mayo de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, en sesión ordinaria de fecha 24 de mayo de 2019; VISTO: El Dictamen Conjunto N° 001-2019-CPPAL- CGA/MDLV, de las Comisiones de Plani fi cación, Presupuesto y Asuntos Legales y de Gestión Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que conforme lo establece el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que de acuerdo al numeral 3.4 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,