Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

42

NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de mayo de 2019 /

El Peruano

adoptar medidas correctivas urgentes a fin de asegurar su gestión integrada, estandarizada y homogénea; Que, como parte de las acciones orientadas a restablecer el normal funcionamiento del referido sistema, se aprobaron medidas dirigidas a evitar que los administrados se vean afectados durante el proceso de reorganización, el cual inició en diciembre de 2018; Que, en tal sentido, con la finalidad de mitigar los inconvenientes generados en la tramitación de los procedimientos administrativos de revalidación de licencias de conducir, las Resoluciones Directorales N° 5588-2018-MTC/18, N° 071-2019-MTC/18 y N° 0012019-MTC/18, prorrogaron hasta el 31 de marzo de 2019 la vigencia de aquellas licencias de conducir de clase A, cuya fecha de vencimiento se habría encontrado comprendida entre el 1 de diciembre de 2018 y el 30 de marzo de 2019; Que, no obstante, la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, mediante Informe N° 0037-2019-MTC/17.03, ha comunicado que los gobiernos regionales, así como gremios de transportistas, vienen reportando complicaciones respecto a los trámites de revalidación de licencias de conducir de la clase A de categorías profesionales, debido a que, en el marco de la reorganización del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, se transparentaron y sinceraron cada una de las etapas del proceso de otorgamiento de la licencia de conducir, resultando una gran cantidad de desaprobados en los exámenes de evaluación de conocimientos para la revalidación de las licencias profesionales, lo cual vendría ocasionando un embalse de solicitudes en los indicados trámites, que a la fecha no estaría siendo atendido; Que, en dicho contexto, si bien los gobiernos regionales, conforme al proceso de descentralización gozan de plena autonomía en sus funciones, como es el otorgamiento de las licencias de conducir, resulta necesario realizar acciones que coadyuven a la atención inmediata de la problemática descrita; Que, en tanto se implementan las acciones referidas en el considerando anterior, que permitan la agilización de los trámites de revalidación y el respectivo desembalse de los mismos, corresponde continuar con las medidas orientadas a evitar inconvenientes respecto a los titulares de las licencias de conducir de categorías profesionales, así como prevenir la afectación al normal desarrollo del servicio de transporte terrestre de pasajeros y de carga; motivo por el cual, es pertinente prorrogar de manera excepcional y con eficacia anticipada la vigencia de las licencias de conducir de la clase A de categorías profesionales cuyos titulares se hayan visto o pudieran ver afectados con la problemática descrita; Que, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las normas administrativas y que los operadores de transporte cuenten con plazo suficiente para implementar las medidas de seguridad que son materia de revisión en la Tabla de Interpretación de Defectos, aprobaba por Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y modificatorias, es necesario suspender la exigibilidad de la calificación de los defectos previstos con Códigos J.3.14 y J.3.15 de la citada tabla; Que, de acuerdo al artículo 96 de la Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, es el órgano de línea con autoridad técnico normativo a nivel nacional responsable del diseño, formulación, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y regulaciones en servicios de transporte terrestre; así como circulación, seguridad vial y tránsito terrestre, en el ámbito de competencia del ministerio; Que, de conformidad con la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-MTC; así como la Resolución Ministerial N° 145-2019 MTC/01, Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorrógase al 30 de septiembre de 2019, la vigencia de las licencias de conducir de la clase A de las siguientes categorías: categoría II-A, categoría IIB, categoría III-A, categoría III-B y categoría III-C, cuyo vencimiento se encuentre comprendido entre el 31 de marzo y el 29 de septiembre de 2019. Artículo 2.- Prorrógase al 30 de septiembre de 2019, la vigencia de los Certificados de Salud para licencias de conducir de la clase y categorías señaladas en el artículo anterior, cuyo vencimiento se encuentre comprendido entre el 31 de marzo y el 29 de septiembre de 2019. Artículo 3.- Suspéndase hasta el 24 de noviembre de 2019 la exigibilidad de la calificación de los defectos J.3.14 y J.3.15 establecidos en la Tabla de Interpretación de Defectos, aprobaba por Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y modificatorias, para los vehículos destinados al servicio de transporte terrestre público o privado de personas de la categoría M3 de piso y medio y dos pisos. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial "El Peruano", y en el portal web institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc) Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO HUGO CERNA CHORRES Director General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 1773872-1

ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Jefa del Equipo de Trabajo de Políticas Bibliotecarias y Capacitación de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias
RESOLUCIÓN JEFATURAL N º 069-2019-BNP Lima, 27 de mayo de 2019 VISTOS: El Informe N° 000489-2019-BNP-GG-ERH de fecha 16 de mayo de 2019, del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; y, el Memorando N° 001164-2019-BNP-GG-OA suscrito el 17 de mayo de 2019, de la Oficina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el cargo de confianza de Jefe/a del Equipo de Trabajo de Políticas Bibliotecarias y Capacitación de la Dirección de Desarrollo de Políticas Bibliotecarias se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupe dicho cargo; Que, mediante Informe N° 000489-2019-BNP-GGERH, el Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Oficina de Administración señaló que la servidora Ruth Soledad Alejos Aranda, reúne el perfil y requisitos para ser designada como Jefa del Equipo de Trabajo de Políticas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.