Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Miércoles 29 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan acuerdo que aprobó la Directiva que establece los lineamientos que regulan la selección e incorporación al Cuerpo de Gerentes Públicos y derogan diversos artículos de la Directiva N° 001-2013-SERVIR/ GDGP
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 068-2019-SERVIR/PE Lima, 22 de mayo de 2019 Vistos; los Informes Técnicos N° 007-2019-SERVIR/ GDGP y 049-2019-SERVIR/GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; CONSIDERANDO: Que, el literal i) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil -- SERVIR, establece como una de sus funciones, normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, de acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1024, le corresponde a la Autoridad organizar los concursos públicos nacionales con el objetivo de atraer y seleccionar a los postulantes aptos para las funciones de dirección y gerencia, correspondiendo que los postulantes aprobados sean incorporados al Cuerpo de Gerentes Públicos, conforme lo establece el artículo 7 del mencionado Decreto Legislativo; Que, con fecha 9 de enero de 2019 se publicó en el diario oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 0042019-PCM, mediante el cual se modificó parcialmente el Reglamento del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos creado por el Decreto Legislativo N° 1024, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública en su condición de órgano encargado de conducir y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos, indica que es necesario, a partir de los cambios normativos producidos, las lecciones aprendidas de los procesos de selección realizados y la operatividad de los procesos regulados, proponer la "Directiva N° 001-2019-SERVIR/GDGP ­ Directiva que establece los lineamientos que regulan la selección e incorporación al Cuerpo de Gerentes Públicos"; Que, el Consejo Directivo de SERVIR en la Sesión Nº 016-2019, del 20 de mayo de 2019, aprobó la propuesta de Directiva formulada por la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, disponiendo que la Presidencia Ejecutiva emita la Resolución que formalice dicho acuerdo; Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1024, el Decreto Supremo Nº 030-2009- PCM y sus modificatorias; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008- PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalizar el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó la "Directiva N° 001-2019-SERVIR/GDGP ­ Directiva que establece los lineamientos que regulan la selección e incorporación al Cuerpo de Gerentes Públicos", que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.Deróguese la "Directiva N° 004-2012-SERVIR/GDCGP ­ Directiva que aprueba

los Lineamientos del proceso de selección para la incorporación de Gerentes Públicos y formación a través de la Escuela Nacional de Administración Pública", que fue aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva 146-2012-SERVIR-PE. Artículo 3°.- Deróguense los artículos 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Directiva N° 001-2013-SERVIR/ GDGP ­ Directiva que aprueba las disposiciones del proceso de selección, incorporación y asignación de Gerentes Públicos, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 168-2013-SERVIR-PE. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano"; y, de la presente Resolución y su Anexo en el Portal institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1773246-1

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Ratifican designación de Presidente del Tribunal Administrativo Previsional - TAP
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 045-2019-JEFATURA/ONP Lima, 16 de mayo de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, reglamentada por el Decreto Supremo N° 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley N° 30003, y otros regímenes previsionales a cargo del Estado que le sean encargados conforme a ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM ha calificado a la ONP como organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 174-2013EF/10, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la ONP, el mismo que contiene la estructura orgánica y dispone el ordenamiento e identificación de los distintos órganos de la Entidad; y con el Decreto Supremo N° 258-2014-EF se aprueba su modificatoria, que incluye dentro de la cita estructura al Tribunal Administrativo Previsional - TAP; Que, conforme al artículo 7 del Reglamento del Tribunal Administrativo Previsional ­ TAP, aprobado por Decreto Supremo Nº 385-2015-EF, los vocales del citado Tribunal son elegidos por concurso público y designados por Resolución Ministerial del Ministro de Economía y Finanzas por un periodo de tres (3) años, pudiendo ser ratificados por periodos similares; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 147-2019EF/10 se ratifica la designación de los señores Roberto Rolando Burneo Bermejo, Hugo Andrés León Manco y Jaime Pedro De la Puente Parodi, como miembros del Tribunal Administrativo Previsional ­ TAP, por un periodo de tres (3) años; Que, conforme al numeral 7.3 del artículo 7 del precitado Reglamento, el Jefe de la ONP es competente

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