Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2019 (29/05/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 29 de mayo de 2019

NORMAS LEGALES

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Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Moran; sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ampliar temporalmente, a partir del 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2019, la permanencia del 3° Juzgado Civil del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno, cuya sede de origen es el Distrito Ayaviri, Provincia de Melgar. Artículo Segundo.- La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno deberá adoptar las acciones administrativas pertinentes, a fin de incrementar el nivel resolutivo del mencionado órgano jurisdiccional. Artículo Tercero.- Ampliar lo dispuesto en el artículo duodécimo, inciso c), de la Resolución Administrativa N° 045-2019-CE-PJ, en el sentido que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de San Ignacio, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, remita al Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San José de Lourdes, Provincia de San Ignacio, todos los expedientes en etapa de ejecución pertenecientes al citado distrito. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Puno; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1773549-2

tiene una carga procesal de 9 expedientes; y el Juzgado Penal Colegiado Transitorio una carga procesal actual de 11 expedientes, lo que representa subcarga procesal. Por tanto, de la evaluación realizada se evidencia que la carga actual de los Juzgados Colegiados de la referida Corte Superior puede ser asumida por un solo Juzgado Penal Colegiado; encontrándose justificado el requerimiento de las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Piura y Huánuco. Cuarto. Que, por lo expuesto en el referido informe y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, es necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 670-2019 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Moran, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 2019, el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de la Corte Superior de Justicia del Callao, en los siguientes órganos jurisdiccionales: a) 1° y 2° Juzgados Penales Unipersonales Transitorios del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Piura; con la misma competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales existentes. b) Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Corte Superior de Justicia de Huánuco; con la misma competencia territorial que el Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Rupa Rupa. Artículo Segundo.- Disponer que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Piura y Huánuco, efectúen las siguientes medidas administrativas: a) El 1°, 2°, 3°, 5° y 6° Juzgados Penales Unipersonales del Distrito y Corte Superior de Justicia de Piura remitan aleatoriamente los expedientes en trámite entre el 1° y 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de la Provincia de Piura; evitando el quiebre de los juicios y hasta donde la norma lo permita. b) El Juzgado Penal Unipersonal Permanente del Distrito de Rupa Rupa, Provincia de Leoncio Prado, Corte Superior de Justicia de Huánuco, remita de manera aleatoria y equitativa los expedientes en trámite al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Rupa Rupa; evitando el quiebre de los juicios y hasta donde la norma lo permita. Artículo Tercero.- Disponer que la distribución de las tres plazas de jueces y cinco plazas de personal; asi como de mobiliario, que corresponden al Juzgado Penal Colegiado Transitorio del Callao, se realizarán de la siguiente manera: Corte Superior de Justicia de Piura: - 2 plazas de Juez. - 2 plazas de Especialista de Causa, - 1 plaza de Especialista de Audiencia y - 1 plaza de Asistente Jurisdiccional.

Convierten y reubican órganos jurisdiccionales en la Corte Superior de Justicia del Callao y dictan otras medidas administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 215-2019-CE-PJ Lima, 22 de mayo de 2019 VISTO: El Oficio N° 274-2019-P-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura remite el Informe N° 04-2019-OA-CPPCSJPI/PJ, elaborado por la Administradora del Módulo Penal de la referida Corte Superior, que propone la creación de un Juzgado Penal Colegiado Permanente Supraprovincial en la Provincia de Piura. Segundo. Que, asimismo, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco remite el Informe N° 008-2019-UPD-GAD-CSJHN/PJ, de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la referida Corte Superior, solicitando la creación de un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio en la Provincia de Leoncio Prado. Tercero. Que, al respecto, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite el Informe N° 059-2019-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, el cual establece que la Corte Superior de Justicia del Callao cuenta con un Juzgado Penal Colegiado Permanente que actualmente

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