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48 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2019 / El Peruano Ítem Actividad Unidad Especi fi cación Costo (S/) 12.07 Reapertura con reposición de 0,50m de tubería und Para conexiones de 25mm 18,4912.08 Reapertura con reposición de 0,50m de tubería und Para conexiones de 32mm 19,6212.09 Reapertura con reposición de 0,50m de tubería und Para conexiones de 50mm 31,7612.10 Reapertura con reposición de 0,50m de tubería und Para conexiones de 63mm 34,7212.11 Reapertura en tubería matriz und Para conexiones de 20mm 21,8912.12 Reapertura en tubería matriz und Para conexiones de 25mm 22,9512.13 Reapertura en tubería matriz und Para conexiones de 32mm 24,9312.14 Reapertura en tubería matriz und Para conexiones de 50mm 35,2512.15 Reapertura en tubería matriz und Para conexiones de 63mm 36,8812.16 Reapertura de alcantarillado en la caja de registro und Para conexiones de 160mm 21,0712.17 Reapertura de conexión de desagüe (cierre drástico) und Para conexiones de 160mm 58,2113 Supervisión de obras 13.01 Supervisión de obras hPara prueba hidráulica, alineamiento, nivelación y control de calidad de materiales135,00 14 Factibilidad de servicios 14.01 Factibilidad de servicios (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 01 a 03 unidades de uso 30,37 14.02 Factibilidad de servicios (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 04 a 100 unidades de uso 60,74 14.03 Factibilidad de servicios (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 101 a 500 unidades de uso 140,39 14.04 Factibilidad de servicios (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 500 a más unidades de uso 199,81 14.05 Sub divisiones (la unidad es la solicitud) und Para solicitud de lotes o quintas o predios 40,50 14.06 Nuevas habilitaciones - (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 01 a 100 lotes 76,92 14.07 Nuevas habilitaciones - (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con 101 a 500 lotes 161,97 14.08 Nuevas habilitaciones - (la unidad es la solicitud) und Para solicitud con más de 500 lotes 221,39 15 Revisión de proyectos 15.01 Revisión de proyectos hPara proyectos de nuevas habilitaciones y proyectos de red complementaria117,65 Nota: 1. Para el cálculo de los precios de las actividades unitarias se han considerado los insumos con los precios de las localidades y los rendimientos de los insumos propuestos por la empresa. 2. Los costos unitarios directos incluyen mano de obra, materiales, maquinaria, equipos y herramientas. No incluyen gastos generales, utilidad e Impuesto General a las Ventas (IGV). 3. Para determinar el precio del servido colateral (sin IGV) se deberá agregar al costo directo resultante los Gastos Generales y la Utilidad (15%). 1828252-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL Aprueban decisión de conciliar en controversia surgida en la ejecución del Contrato N° 005-2018-APN RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 0128-2019-APN-DIR Callao, 18 de noviembre de 2019 VISTO:El Informe Técnico Legal N° 0105-2019-APN-UAJ-OTI- UPS de fecha 11 de noviembre de 2019, elaborado por la Unidad de Asesoría Jurídica, la O fi cina de Tecnologías de la Información y la Unidad de Protección y Seguridad; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” con fecha 01 de marzo de 2003, se creó la Autoridad Portuaria Nacional (APN) como un Organismo Público Descentralizado (actualmente, Organismo Técnico Especializado, de conformidad con el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM y la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo), encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, fi nanciera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley N° 30225 – Ley de Contrataciones del Estado, (LCE) tiene por fi nalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fi nes públicos y tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos. Dichas normas se fundamentan en los principios que se enuncian en la presente Ley; Que, con fecha 13 de febrero de 2018 la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN) suscribió con la empresa EML Inversiones y Soluciones Inalámbricas S.A.C. (en adelante, el contratista), el Contrato Nº 005- 2018-APN, Contratación del Servicio de prestación accesoria para el “Mantenimiento preventivo / correctivo del sistema de video vigilancia CCTV de CCCRE del Puerto de Iquitos y de las cámaras CCTV de repotenciación tecnológica y ampliación del ámbito de acción de los equipos de video vigilancia del CCCRE del puerto del Callao”, (Ítems: 01 y 02) (en adelante, el contrato), cuyo objeto, conforme la Cláusula Segunda, es la contratación del Servicio de Mantenimiento preventivo / correctivo de los sistemas de vídeo vigilancia CCTV de CCCRE del Puerto de Iquitos y de las Cámaras CCTV de repotenciación tecnológica y ampliación del ámbito de acción de los equipos de vídeo vigilancia del CCCRE