Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2019 (07/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Sábado 7 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo Décimo Segundo.- Dejar sin efecto el artículo décimo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2077-2018-MP-FN, de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se hizo de conocimiento a la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, actualmente Junta Nacional de Justicia, a efectos de que cancele el título de nombramiento del abogado Carlos Ordaya López, como Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado en Terrorismo y Lesa Humanidad (Sede Tingo María) de Huánuco, Distrito Fiscal de Huánuco y se le expida uno nuevo, conforme a lo resuelto en los artículos primero, segundo, tercero y octavo de la mencionada resolución. Artículo Décimo Tercero.- Disponer que las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco y Selva Central, conforme a lo establecido en el artículo 157°, literal "g" del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público ­ ROF 2018, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3893-2018-MP-FN, de fecha 30 de octubre de 2018, así como la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los Procesos por Delitos de Terrorismo, dispongan las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución y en lo que fuere pertinente respecto a la carga procesal de las fiscalías antes mencionadas. Artículo Décimo Cuarto.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo décimo primero de la presente resolución, tengan vigencia a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2019. Artículo Décimo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco y Selva Central, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco, Lambayeque y Selva Central, Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales y Coordinación en los Procesos por Delitos de Terrorismo, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1804991-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2401-2019-MP-FN Lima, 6 de setiembre de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 2538-2019-MP-FN-OCE-FEDTID, remitido por la abogada Ysabel Edi Galván Calle, Jefa de la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, mediante el cual solicita dar por concluida la designación de la abogada Midela Matos Condezo, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Ucayali, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas­Sede Iquitos, asimismo eleva la propuesta con el propósito de cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, del referido Despacho Fiscal; y en consecuencia se hace necesario nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Midela Matos Condezo, Fiscal Adjunta

Provincial Titular Penal (Corporativa) de Ucayali, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas­ Sede Iquitos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 635-2018-MP-FN, de fecha 22 de febrero de 2018. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Midela Matos Condezo, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Ucayali, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ucayali. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Emily Matilde Meza Macedo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas­Sede Iquitos, con reserva de su plaza de origen. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinadora del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Tráfico Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1804991-10

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS Nº 3876-2019 Lima, 22 de agosto de 2019 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Jonathan Maxwell Hidalgo Antara para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 808-2019 se aprueba el Reglamento del Registro y se deroga parcialmente el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011 y normas modificatorias; estableciéndose asimismo, en el Artículo Cuarto de la Resolución SBS Nº 808-2019, que a los procesos de inscripción en curso a la fecha de entrada en vigencia de dicha norma, se les seguirá aplicando las disposiciones del Reglamento aprobado mediante Resolución SBS Nº 1797-2011;

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