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13 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de abril de 2020 El Peruano / Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, y su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, el Comité Técnico de Normalización en materia de: Tecnología para el cuidado de la salud, propone aprobar 03 Proyectos de Norma Técnica Peruana; sustentando ello en el informe que fi gura en el expediente correspondiente; Que, mediante el Informe N° 005-2020-INACAL/ DN.PN de fecha 22 de abril de 2020, la Dirección de Normalización señaló que las normas técnicas propuestas descritas en el considerando precedente han cumplido con lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 026-2020; Que, con base en el informe del Subcomité Técnico de Normalización de Materiales médicos y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 088-2019-INACAL/PE, en sesión de fecha 23 de abril del presente año, en el marco del Decreto de Urgencia N° 026-2020 y el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, acordó por unanimidad aprobar 03 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas por los fundamentos expuestos en la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP 329.005:2020 DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. Protección individual de los ojos. Especi fi caciones. 1ª Edición NTP-ISO 16604:2020 Ropa de protección contra el contacto con sangre y fl uidos corporales. Determinación de la resistencia de materiales de la ropa de protección a la penetración por patógenos transmitidos por la sangre. Método de ensayo usando Phi-X174 bacteriófago. 1ª Edición NTP 329.006:2020 DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN PERSONAL. Guantes de protección. Requisitos generales y métodos de ensayo. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA DEL ROSARIO URÍA TORO DirectoraDirección de Normalización 1865863-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Cónsul General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 050-2020-RE Lima, 28 de abril de 2020VISTA: La Resolución Suprema N° 126-2018-RE, de 25 de junio de 2018, que nombró a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República María Lourdes Hilbck Nalvarte de Arróspide, Cónsul General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil; CONSIDERANDO:De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República María Lourdes Hilbck Nalvarte de Arróspide, como Cónsul General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil. Artículo 2.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes, a partir de la fecha de término de funciones que será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución Suprema a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1865859-2 Pasan a la situación de retiro a Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 051-2020-RE Lima, 28 de abril de 2020VISTO:El Informe (OAP) N° 083/2020, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 14 de abril de 2020; CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema, la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 083/2020, ha señalado que la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República María Lourdes Hilbck Nalvarte de Arróspide, cumplirá el 21 de mayo de 2020, 70 años de edad, por lo