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15 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de abril de 2020 El Peruano / SALUD Designan Ejecutivo Adjunto I del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2020-MINSA Lima, 28 de abril del 2020CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1332-2018/ MINSA, de fecha 21 de diciembre de 2018, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP–P Nº 34) del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud se encuentra clasi fi cado como cargo de confi anza y se encuentra en condición de vacante; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar al profesional que ejercerá el cargo en mención; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cada por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor MANUEL IGOR ÑACCHA TAPIA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I (CAP – P Nº 34), Nivel F-4, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1865857-1 Modifican la R.M. N° 143-2020-MINSA, que aprobó el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por los servicios complementarios en salud que realicen profesionales de la salud, en la modalidad por turno o procedimiento asistencial, aplicable durante el periodo de vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el D.S. N° 008-2020-SA RESOLUCION MINISTERIAL N° 237-2020-MINSA Lima, 28 de abril del 2020VISTO; el Expediente N° 20-034597-002 que contiene el Informe N° 093-2020-DIPLAN-DIGEP/MINSA de la Dirección General de Personal de la Salud y el Informe N° 229-2020-OP-OGPPM/MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 008-2020-SA declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, dictando medidas de prevención y control del COVID-19; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, precisado por el Decreto Supremo Nº 045-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 046-2020-PCM, Decreto Supremo N° 053-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 057-2020-PCM, Decreto Supremo Nº 058-2020-PCM, Decreto Supremo N° 061-2020-PCM y Decreto Supremo Nº 063-2020PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado dicho plazo por el Decreto Supremo N° 051-2020-PCM y el Decreto Supremo N° 064-2020-PCM; Que, el artículo 15 del Decreto de Urgencia N° 026- 2020 dispone que para efectos de la prestación de servicios complementarios en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1154, durante el período de vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por la prestación del servicio complementario en salud, se determinará mediante Resolución del titular del Ministerio de Salud; Que, el segundo párrafo del numeral 3.5 del artículo 3 del Decreto de Urgencia N° 032-2020 establece que para las profesiones de la salud que se no se encuentren contenidas en el Anexo 01 del Decreto Supremo Nº 001-2014-SA y su modi fi catoria y que presten servicios en la Unidad Ejecutora “Hospital Emergencia Ate Vitarte”, el Ministerio de Salud establece a través de Resolución Ministerial el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por la prestación del servicio complementario en salud. Asimismo, se otorga el pago por servicio complementario en salud a los médicos residentes ingresantes en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017, que presten servicios en la Unidad Ejecutora “Hospital Emergencia Ate Vitarte”, debiendo el Ministerio de Salud establecer el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por la prestación del servicio complementario en salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 143-2020-MINSA, se aprueba el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por los servicios complementarios en salud que realicen profesionales de la salud, en la modalidad por turno o procedimiento asistencial, aplicable durante el periodo de vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, estableciéndose en su artículo 2 el valor costo-hora que se aplica para el cálculo de la entrega económica por servicios complementarios en salud que realicen los médicos residentes ingresantes del Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017; y, que presten servicios en la Unidad Ejecutora “Hospital Emergencia Ate Vitarte; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 039-2020 se establecen medidas complementarias, en materia económica y fi nanciera, que permitan al sector salud garantizar la atención de la emergencia sanitaria generada por el brote del Coronavirus (COVID-19); estableciéndose en el artículo 11 disposiciones para la realización de los servicios complementarios en salud; Que, con Decreto de Urgencia N° 045-2020, se modi fi can los numerales 11.1 y 11.3 y se incorpora el numeral 11.5 al artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 039-2020, Decreto de Urgencia que dicta medidas complementarias para el sector salud en el marco de la Emergencia Sanitaria por los efectos del Coronavirus (COVID-19); Que, el numeral 11.3 del artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 039-2020 dispone otorgar el pago por servicio complementario en salud a los médicos residentes ingresantes en el Concurso Nacional de Admisión al Residentado Médico 2016 y 2017, que presten servicios en los establecimientos de salud, debiendo el MINSA, mediante Resolución Ministerial, establecer el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por la prestación del servicio complementario en salud; Que, en atención a lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto de Urgencia N° 039-2020 y su modi fi catoria, corresponde modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 143-2020-MINSA a efectos de establecer que el valor costo-hora para el cálculo de la entrega económica por los servicios complementarios en salud para los médicos