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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2020 (29/04/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de abril de 2020 / El Peruano que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República María Lourdes Hilbck Nalvarte de Arróspide, el 21 de mayo de 2020, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias a la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República María Lourdes Hilbck Nalvarte de Arróspide, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1865859-3 Nombran Cónsul General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil RESOLUCIÓN SUPREMA N° 052-2020-RE Lima, 28 de abril de 2020CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República dispone que los funcionarios del Servicio Diplomático desempeñan funciones indistintamente en la Cancillería, en las misiones diplomáticas y consulares, en las representaciones permanentes ante organismos internacionales y en misiones especiales, así como en otras dependencias del Estado, en las o fi cinas desconcentradas del Ministerio de Relaciones Exteriores y en gobiernos regionales o locales, conforme a los objetivos de la política exterior; Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modi fi catorias; y el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 076-2005-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomático de la República César Augusto De las Casas Díaz, Cónsul General del Perú en San Pablo, República Federativa de Brasil; Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 053-2015-RE, de 27 de octubre de 2015. Artículo 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fi jada por Resolución Viceministerial. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1865859-4 Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA N° 053-2020-RE Lima, 28 de abril de 2020VISTO:El Informe (OAP) N° 081/2020, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 14 de abril de 2020; CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema. La determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 081/2020, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, cumplirá el 25 de mayo de 2020, 20 años en la categoría, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, el 25 de mayo de 2020, por cumplir veinte años en la categoría. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1865859-5