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29 NORMAS LEGALES Sábado 29 de agosto de 2020 El Peruano / Recursos Ordinarios, correspondiente a la reducción de las remuneraciones a los meses de junio, julio y agosto; Que, a efectos de realizar la transferencia fi nanciera, mediante Memorando N° 000694-2020-SERVIR/GG-OGAF, la O fi cina General de Administración y Finanzas solicita la Certi fi cación de Crédito Presupuestario y mediante Memorando N° 000231-2020-SERVIR-GG-OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, teniendo en consideración la existencia de los créditos presupuestarios disponibles en el Presupuesto Institucional, comunicó la aprobación y emisión de la correspondiente Certi fi cación de Crédito Presupuestario para el año fi scal 2020 mediante la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 170-2020-SERVIR-OPP; Que, mediante Informe Nº 000083-2020-SERVIR/ GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil, Unidad Ejecutora: 001 Autoridad Nacional del Servicio Civil, Categoría Presupuestaria: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Producto, Actividad: 5006269 Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios, Finalidad: 0298295 Apoyo Solidario a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, multidistrital, Lima, Lima, Genérica de Gastos: 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gastos: 2.4.1.3.1.1 A otras unidades del gobierno nacional, por el monto de S/. 40,981.31 (Cuarenta Mil Novecientos Ochenta y Uno y 31/100 soles); de conformidad al marco legal vigente; Con las visaciones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración y Finanzas, la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de salud, fallecidos a consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado por Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego: 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil hasta por la suma de S/ 40,981.31 (Cuarenta Mil Novecientos Ochenta y Uno y 31/100 soles) a favor del Pliego: 006 Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, monto que corresponde a la reducción de las remuneraciones de los meses de junio, julio y agosto, con la fi nalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 063-2020. Artículo 2°.- Financiamiento La autorización a que se re fi ere el artículo 1° de la presente resolución será atendida con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego: 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil, de conformidad al detalle siguiente: Pliego: 023 Autoridad Nacional del Servicio Civil Unidad Ejecutora: 001 Autoridad Nacional del Servicio Civil Categoría Presupuestaria: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Producto Actividad: 5006269 Prevención, Control, Diagnóstico y Tratamiento de Coronavirus Fuente de Financiamiento: 1 Recursos OrdinariosFinalidad: 0298295 Apoyo Solidario a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, multidistrital, Lima, Lima Genérica de Gastos: 2.4 Donaciones y TransferenciasEspecí fi ca de Gastos: 2.4.1.3.1.1 Monto: S/ 40,981.31 Artículo 3°.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANTE JAVIER MENDOZA ANTONIOLI Gerente General(e) 1880352-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 091-2020-CONCYTEC-P Lima, 27 de agosto de 2020 VISTOS: Los Informes Técnico–Legal Nº 036-2020-FON- DECYT-USM-OGPP-OGAJ, 037-2020-FONDE-CYT-USM-OGPP-OGAJ, 038-2020-FONDECYT-USM-OG-PP-OGAJ y 039-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y los Proveídos Nº 084-2020-FONDECYT-DE, 085-2020-FON-DECYT-DE, 086-2020-FONDECYT-DE y 087-2020-FONDE-CYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica–FONDE- CYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de