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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2020 (09/12/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de diciembre de 2020 / El Peruano CUL TURA Modifican el artículo 8 de la R.M. N° 100- 2020-MC RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000305-2020-DM/MC San Borja, 4 de diciembre del 2020 VISTOS; el O fi cio N° 000019-2020-PEB-DE de la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; el Informe N° 000686-2020-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 100-2020-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000273-2020-DM/MC, se delega en los jefes y/o responsables del Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque, Proyectos Especial Zona Arqueológica Caral, Proyecto Especial Marcahuamachuco, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad, la facultad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, en el marco de sus competencias, previa autorización del Despacho Viceministerial que corresponda; Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2018- MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y, para ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, con el O fi cio N° 000019-2020-PEB-DE, la Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú comunica que constituye un asunto prioritario que surge a consecuencia del cambio de adscripción del precitado Proyecto Especial, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Cultura, efectuado a través del Decreto Supremo N° 016-2020-MC; que se le delegue la facultad de suscribir acuerdos, convenios de colaboración interinstitucional, cooperación y otros documentos a fi nes, conforme a la normativa vigente, con organismos nacionales e internacionales, entidades públicas o privadas, así como con personas naturales, para la ejecución de actividades y proyectos culturales y académicos considerados en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; a efectos de garantizar la continuidad de sus actividades; Que, en ese sentido, se estima pertinente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 100-2020-MC; Con la visación de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 100-2020-MC, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 8.- Delegar en los jefes y/o responsables del Proyecto Especial Naylamp – Lambayeque, Proyectos Especial Zona Arqueológica Caral, Proyecto Especial Marcahuamachuco, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco y la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad, la facultad de suscribir convenios de cooperación interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, en el marco de sus competencias, previa autorización del Despacho Viceministerial que corresponda; y, delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, la facultad de suscribir acuerdos, convenios de colaboración interinstitucional, cooperación y otros documentos afi nes, así como sus respectivas adendas, conforme a la normativa vigente, con organismos nacionales e internacionales, entidades públicas o privadas, así como con personas naturales, para la ejecución de actividades y proyectos culturales y académicos considerados en la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú”. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a el/la Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, a quien se le ha delegado facultades. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ARTURO NEYRA SANCHEZ Ministro de Cultura 1909624-1 DEFENSA Designan Coordinador Parlamentario del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°1035-2020-DE Lima, 7 de diciembre de 2020VISTOS:El O fi cio N° 2068-2020-MINDEF/JG del 20 de noviembre de 2020, del Jefe de Gabinete del Despacho Ministerial; el Informe N° 00191-2020-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC del 23 de noviembre de 2020, de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 1162-2020-MINDEF/SG-OGAJ del 23 de noviembre de 2020, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el literal nn) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, establece como función del Titular de la Entidad designar y remover a los titulares de cargos de con fi anza del Ministerio; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 488-2017-DE/SG, así como en sus posteriores reordenamientos, el cargo de Coordinador Parlamentario del Ministerio de Defensa, se encuentra considerado como cargo de con fi anza;