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269 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2020 El Peruano / 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 43,295,268 44.10 3 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 786,583 0.80 19 RECURSOS POR OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO 786,583 0.80 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 542,280 0.55 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 542,280 0.55 5 RECURSOS DETERMINADOS 49,319,357 50.24 07 FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL 5,626,808 5.7308 IMPUESTOS MUNICIPALES 43,419,212 44.2318 CANON Y SOBRECANON, REGALÍAS, RENTA DE ADUANAS Y PARTICIP 273,337 0.28 Total general 98,165,461 100.00 Artículo Segundo.- Aprobar la distribución porcentual del Rubro: 07 Fondo de Compensación Municipal para el Año Fiscal 2021 de la Municipalidad de La Victoria siendo el 48.83% para los Gastos Corrientes y un 51.17% para los Gastos de Capital teniendo el siguiente detalle: DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL 2021 Categoría de Gasto Monto % 5 GASTOS CORRIENTES 2,747,826 48.836 GASTOS DE CAPITAL 2,878,982 51.17Total general 5,626,808 100.00 Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Subgerencia de Presupuesto y demás áreas competentes de acuerdo a sus funciones el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 1915950-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan plazo de vencimiento dispuesto en la Ordenanza N° 530-CDLO, que establecen beneficios para el pago de deudas tributarias en el distrito de Los Olivos en el contexto del Estado de Emergencia por el brote del COVID-19 DECRETO DE ALCALDÍA N° 013-2020 Los Olivos, 18 de diciembre de 2020VISTOS: El Informe N° 064-2020-MDLO/GATyR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Informe N° 233-2020-MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído N° 1483-2020 GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 530-CDLO, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 15 de agosto de 2020, se establecen bene fi cios para el pago de deudas tributarias en el distrito de Los Olivos en el contexto del Estado de Emergencia por el brote del COVID-19; Que, la cuarta Disposición Complementaria Final y Transitoria de la Ordenanza N° 530-CDLO, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la presente Ordenanza total o parcialmente; Que, de acuerdo a lo señalado en el informe del visto, se considera necesario prorrogar los bene fi cios otorgados en la Ordenanza N° 530-CDLO a fi n de promocionar el pago voluntario de las obligaciones tributarias pendientes, toda vez que existe una gran a fl uencia de contribuyentes que vienen regularizando la situación de sus adeudos tributarios; Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento dispuesto en la tercera Disposición Complementaria, Final y Transitoria de la Ordenanza N° 530-CDLO, hasta el 31 de enero del 2021. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARÍA Y RENTAS y a la SUBGERENCIA DE RECAUDACIÓN, el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación del presente dispositivo en el Diario O fi cial El Peruano, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN su publicación en el Portal Electrónico Institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos: www.munilosolivos.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 1916247-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza que establece “Incentivos y flexibilidades tributarias para el pago de los tributos municipales y administrativos” ORDENANZA N° 108-2020-MDMM Magdalena del Mar, 17 de diciembre 2020EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL, en Sesión Ordinaria N° 28, de fecha 17 de diciembre de 2020. VISTOS: Los informes técnicos del Área de Administración Tributaria y Rentas, Informe Conjunto N° 048-2020-SGRRC-SGEC-SGFT-GATR-MDMM, el Memorando N° 658-2020-GPP-MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 755-2020-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 1645-2020-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, “Ley de Reforma de los Artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes” establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía