Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2020 (15/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de enero de 2020 /

El Peruano

la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 378-2019-UNI/SG/GT de fecha 20.09.2019, precisa que el diploma del señor FRANCISCO MARIANO ALVIZURI POMACAJA se encuentra registrado en el Libro de Registro de Títulos Profesionales Nº 13, página 18, con el número de registro 7869; Que, el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del visto informa que en Sesión Nº 18-2019, realizada 14.10.2019, previa revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Sanitario al señor FRANCISCO MARIANO ALVIZURI POMACAJA; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 13 de fecha 06 de diciembre del 2019, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado de Título Profesional al siguiente bachiller de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente:
Fecha de Otorgamiento del Diploma 10.02.1975

Nº 1

Apellidos y Nombres ALVIZURI POMACAJA, Francisco Mariano

De Ingeniero Sanitario

Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector 1845420-1

Autorizan viaje de funcionarios de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a EE.UU., en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0003-2020 Arequipa, 7 de enero del 2020 VISTOS la Resolución de Consejo Universitario Nº 0978-2019 del 19 de noviembre del 2019 y Acuerdo de Consejo Universitario de fecha 09 de diciembre del 2019. CONSIDERANDO Que, mediante resolución del visto, se resolvió: "PRIMERO: AUTORIZAR el viaje del Dr. Horacio Vicente Barreda Tamayo, Vicerrector de Investigación y de la Dra. Valeria Fany Chipana Quispe de Otazú, Jefa de la Oficina Universitaria de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participen de las reuniones de alto nivel que se llevarán a cabo en la Universidad de Purdue (Estados Unidos), los días 5 y 6 de diciembre de 2019; SEGUNDO: Autorizar a la Oficina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de las citadas autoridades, la Certificación del Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, según siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Arequipa-Lima-

Miami-Indianopolis-Miami-Lima-Arequipa (Del 03 al 08 de diciembre del 2019), por el monto de S/ 5, 426.22 Soles (para cada autoridad); Seguro de viaje, por el monto de S/ 185.00 Soles (para cada autoridad), y Viáticos por 3 días, por el monto de S/ 4,029.69 Soles (para cada autoridad); CUARTO: Dentro de los ocho días del retorno, las mencionadas autoridades, informarán sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos; y, QUINTO: Encargar a la Dirección General de Administración, realizar el trámite respectivo para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Que, en Sesión de Consejo Universitario de fecha 09 de diciembre del 2019, por motivos de postergación de las reuniones de alto nivel que se debían llevar a cabo en la Universidad de Purdue, los días 5 y 6 de diciembre de 2019, según la citada Resolución de Consejo Universitario Nº 0978-2019, a fin de analizar la logística de la creación de un Parque Tecnológico de la UNSA y modelos para la Fundación UNSA, cuyas fechas han sido reprogramadas para los días 23 y 24 de enero del 2020, (según coordinaciones vía correo electrónico), se acordó autorizar el viaje del Señor Rector Rohel Sánchez Sánchez, del Señor Vicerrector de Investigación, Dr. Horacio Vicente Barreda Tamayo, y de la Jefa de la Oficina Universitaria de Asesoría Legal, Dra. Valeria Fany Chipana Quispe de Otazú, para que participen de las citadas reuniones de alto nivel en la Universidad de Purdue, los días 23 y 24 de enero de 2020, debiendo dejarse sin efecto la anterior Resolución de Consejo Universitario Nº 0978-2019, y otorgarse el pago de pasajes, seguro de viaje y viáticos correspondientes, conforme a lo determinado en las oficinas respectivas, y en mérito a las directivas aplicables vigentes, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal, según la Oficina Universitaria de Planeamiento y conforme al Plan Operativo Institucional - POI de cada dependencia. Que, la participación de las citadas autoridades en las reuniones de alto nivel en la Universidad de Purdue, con la que se tiene un Acuerdo de Alianza Estratégica, contribuirá al logro de los fines que tiene la UNSA, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)"; concordante con uno de los objetivos estratégicos que tiene la Universidad, de acuerdo Plan Estratégico Institucional PEI 2018-2020, esto es, realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística en la comunidad universitaria, a través del desarrollo de investigaciones estratégicas y de gran relevancia científica con equipos de profesionales extranjeros, como con la Universidad de Purdue (Discovery Park) de Estados Unidos. Que, atendiendo lo señalado, la Subdirección de Logística, mediante el "Formato de Trámite para Pasajes Aéreos y Viáticos Internacionales", ha determinado el itinerario, monto de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos respectivos; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante su Oficio Nº 003-2020-OUPLUNSA, informa que se cuenta con el crédito presupuestal en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, Presupuesto del Año Fiscal 2020, para atender los requerimientos efectuados; por lo que, expresa opinión favorable de acuerdo a la normatividad legal vigente en materia presupuestal. Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Rectorado y al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR el viaje del Dr. Rohel Sánchez Sánchez, Rector, del Dr. Horacio Vicente Barreda Tamayo, Vicerrector de Investigación y de la Dra. Valeria Fany Chipana Quispe de Otazú, Jefa de la Oficina Universitaria de Asesoría Legal de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participen de las reuniones

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