Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2020 (30/01/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Jueves 30 de enero de 2020

NORMAS LEGALES

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VISTO; el Informe N° 217-2019-MDLM-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 014-2020-MDLM-GPPDI, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y el Memorando N° 71-2020/MDLM-GM, de la Gerencia Municipal, sobre la propuesta para la modificación de la Resolución de Alcaldía N° 165-2019/MDLM, que conformó el Comité de Promoción de la Inversión Privada, estando a la aprobación de la Ordenanza 388/MDLM, que modificó el Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Entidad, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Alcaldía N° 165-2019/ MDLM, de fecha 12 de setiembre del 2019, se conformó el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, mediante el Memorando N° 1970-2019/MDLMGM, de fecha de 25 de noviembre de 2019, la Gerencia Municipal, solicita opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, respecto a la designación de los miembros titulares y suplentes del Comité de Promoción de la Inversión Privada, en vista que el Reglamento de Organización y Funciones de esta Entidad Edil fue modificado mediante la Ordenanza N° 388/MDLM, y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 27 de octubre del 2019, motivo por el cual, al variar las unidades de organización se requiere una adecuación y modificación de la Resolución de Alcaldía N° 165-2019/MDLM; Que, mediante el Informe N° 319-2019-MDLM/ GPPDI, de fecha 27 de noviembre del 2019, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, remite su informe a la Gerencia Municipal, respecto a la adecuación y modificación de la Resolución de Alcaldía N° 165-2019/MDLM a la Ordenanza N° 388/MDLM ­ Ordenanza que Aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad, proponiendo la adecuación y modificación del Comité de Promoción de la Inversión Privada; concluyendo en el sentido de que, es necesario adecuar y modificar el Comité de Promoción de la Inversión Privada, el cual debe estar integrado por los miembros titulares y suplentes propuestos por su unidad de organización; Que, mediante el Memorando N° 2016-2019/ MDLM-GM, de fecha 03 de diciembre del 2019, la Gerencia Municipal, solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica, emita opinión legal respecto a la adecuación y modificación de la Resolución de Alcaldía N° 165-2019/ MDLM, por la cual se designó a los miembros del Comité de Inversión Privada considerando que el Reglamento de Organización y Funciones de esta institución Edil, fue modificada por la Ordenanza N° 388/MDLM; Que, mediante el Informe N° 217-2019-MDLM-GAJ, de fecha 06 de diciembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite su pronunciamiento, concluyendo que es de la opinión de: - Que, de acuerdo a los numerales 2.6, 2.7 y 2.8 del punto II de su informe, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, así como la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, no pueden ser miembros del Comité de Promoción de Inversión Privada de la Municipalidad de La Molina, el primero por su calidad de órgano asesor y por integrar un órgano colegiado y el segundo porque depende jerárquicamente de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, estando en causal e abstención, en concordancia con el marco normativo dispuesto en el numeral 2 y literal a) del numeral 6 del artículo 99° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, artículos 39° y 40° de la Ordenanza N° 388/MDLM ­ Ordenanza que Aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad de La Molina, y el numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362 - Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por el Decreto Supremo N° 240-2018-EF.

- Que, de acuerdo a los subnumerales 2.11.1 y 2.11.2 del numeral 2.11 del punto II de su informe legal, la adecuación, modificación e incorporación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de La Molina, estaría conformada de la siguiente manera: Miembros Titulares Gerencia Municipal ­ Presidente del Comité Gerencia de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad. Gerencia de Desarrollo Urbano Miembros Suplentes Gerencia de Desarrollo Económico e Inversión Privada Gerencia de Movilidad Sostenible. Gerencia de Seguridad Ciudadana. - Que, de acuerdo al numeral 2.12 y 2.13 del punto II de su informe, considera que no es procedente legalmente la propuesta de adecuación y modificación de la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de esta Entidad Edil, presentada por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional; sin embargo, es legalmente factible la adecuación, incorporación y modificación, de la conformación del precitado Comité previo informe técnico de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, adecuando, modificando e incorporando lo señalado en el numeral 2.11 de su informe. - Que, de acuerdo al numeral 2.12, del punto II de su informe, la aprobación del Comité de Promoción de la Inversión Privada, se realizará vía Resolución de Alcaldía, de acuerdo a lo establecido en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, en concordancia con lo señalado en los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7° del Decreto Legislativo N° 1362 ­ Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, en el informe antes mencionado, también se recomienda se solicite a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, el informe técnico respecto a la adecuación, modificación e incorporación de los miembros titulares y suplentes de la reconformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de La Molina; asimismo, se derive los actuados a Secretaria General, para que gestione ante el Alcalde la emisión de la correspondiente Resolución de Alcaldía y se proceda a su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y se comunique al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, conforme a lo establecido al numeral 7.3 del artículo 7° del Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos ­ Decreto Legislativo N° 1362; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 30305, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Estado, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señale la Ley; Que, el subnumeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV y el subnumeral 2.3 y 2.4 del numeral 2 del artículo V del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, establece que, por el Principio de Legalidad, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con

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