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78 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2020 / El Peruano En los casos que no se cumplan las condiciones indicadas en el cuadro anterior, la solicitud es cali fi cada como SEP, debiendo el OCE o el OI presentarla a través de la casilla electrónica del usuario (CEU) a la casilla electrónica corporativa aduanera (CECA) con la documentación sustentatoria. C. SOLICITUDES PRESENTADAS A TRAVES DE LA CEU 1. En tanto no se implemente la transmisión o registro electrónico, la solicitud y la documentación sustentatoria es transmitida a través de la CEU a la CECA. 2. El OCE y el OI, según corresponda, transmiten la solicitud mediante el anexo II y adjuntan la documentación sustentatoria, conforme al anexo I. Recepcionada la solicitud, el funcionario aduanero la vincula con el mani fi esto de carga o mani fi esto de carga desconsolidado o mani fi esto de carga consolidado y el documento de transporte asociado y comunica al OCE o al OI a través de la CECA el número de expediente administrativo asignado. 3. El funcionario aduanero veri fi ca que la solicitud se haya presentado dentro de los plazos establecidos en los numerales 2 y 4 del literal A o en el numeral 1 del literal B de la presente sección. De ser procedente, lo comunica al OCE o al OI a través de la CECA. 4. Cuando el funcionario aduanero requiera documentación sustentatoria complementaria, la notifi cación al interesado es efectuada a través del buzón electrónico; de no ser posible, esta se realiza a través de la CECA. En ambos casos se otorga un plazo no menor de tres días hábiles contados a partir del día siguiente de la noti fi cación para que el interesado presente o transmita lo requerido. En caso la solicitud resulte improcedente, se notifi ca el acto administrativo al interesado. 5. Las intendencias de aduana adoptan las acciones necesarias para cautelar el mantenimiento y custodia de la solicitud de recti fi cación, de la documentación sustentatoria y de las transmisiones efectuadas a través de la CECA y la CEU, de acuerdo con la normativa vigente. 6. En los casos previstos en el numeral 4 de la sección VI del procedimiento general “Mani fi esto de carga” DESPA-PG.09, la solicitud se presenta a través del formulario señalado en el anexo II, adjuntándose los documentos sustentatorios previstos en el anexo I. Esta solicitud se tramita conforme a lo señalado en los numerales precedentes de este rubro y se realiza a través de la CEU; excepcionalmente podrá realizarse mediante expediente en los casos que no pueda habilitarse la CEU. VIII. VIGENCIAEl presente procedimiento entra en vigencia al día siguiente de su publicación. IX. ANEXOS Anexo I: Documentos sustentatorios para el trámite de las solicitudes. Anexo II: Solicitud de recti fi cación del mani fi esto de carga, sus documentos vinculados y actos relacionados, e incorporación de documentos. Anexo I Documentos sustentatorios para el trámite de las solicitudes I. Datos a rectifi car en el mani fi esto de cargaDocumentos sustentatorios ConsignatarioSi se trata de un cambio total en el nombre del consignatario:- Factura comercial, contrato o declaración jurada, cuando no corresponda factura.- Carta del embarcador y/o del proveedor en origen o documento de identidad. Etiquetas o marcas - Factura. - Lista de empaque.- Carta del embarcador o del proveedor.I. Datos a rectifi car en el mani fi esto de cargaDocumentos sustentatorios Diferencia de peso - Volante de despacho, ticket de salida o de movimiento de contenedores del terminal portuario, ticket de balanza del almacén aduanero o certi fi cado de peso, de corresponder. - Acta de reconocimiento previo. Descripción de la mercancía- Factura comercial o declaración jurada suscrita por el importador o exportador (cuando no cuente con factura) o contrato de compraventa.- Lista de empaque.- Carta del embarcador o proveedor. Cantidad de bultos- Factura comercial o declaración jurada suscrita por el importador o exportador (cuando no cuente con factura).- Lista de empaque.- Carta del embarcador o proveedor.- Acta de reconocimiento previo.- Volante de despacho para el caso de mercancías en contenedor y para el caso de mercancía a granel se presentará certi fi cado de peso. - Guía de remisión para el mani fi esto de salida. Número de contenedor o precinto - Documento de transporte. - Volante de despacho emitido por el almacén aduanero, ticket de balanza, ticket de salida o de movimiento de contenedores. Puerto- Carta del embarcador. - Documento de transporte. Número de documento de transporte- Carta del transportista o agente de carga. - Documento de transporte. I. Incorporación delDocumentos sustentatorios Documento de transporte- Carta de origen del embarcador o del transportista. - Factura comercial.- Documento de transporte.- Constancia de recti fi cación en aduana de origen, de corresponder. I. Datos a recti fi car de los actos relacionadosDocumentos sustentatorios Llegada del medio de transporte- Acta de atraque. - Documento emitido por el puerto, aeropuerto, terminal terrestre o por la autoridad competente, según corresponda. Término de la descarga- Documento emitido por el puerto, aeropuerto, terminal terrestre o por la autoridad competente, según corresponda. Descarga de la mercancía1. Vía marítima: - Ticket de salida del terminal portuario, ticket de movimiento de contenedores del terminal portuario.- Certi fi cado de peso. - Carta del embarcador o proveedor en origen.- Otros reportes de descarga. 2. Vía aérea: - Volante de despacho. Ingreso y recepción de la mercancía- Ticket de balanza del almacén aduanero o volante de despacho. - Acta de reconocimiento previo. - Ticket de salida del terminal portuario. - Otros reportes de descarga. Inventario de la carga arribada en mala condición exterior o con medidas de seguridad violentadas- Carta del embarcador. - Lista de empaque.- Volante de despacho.- Acta de inventario. Término del embarque- Documento emitido por el puerto, aeropuerto, terminal terrestre o autoridad competente, según corresponda.