Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2020 (07/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 52
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Norma Artículo Conducta Imputada Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al primer y segundo semestre del año 2017, en treinta y cuatro (34) centros poblados10. Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al centro poblado San Marcos de la Aguada (Lima) No haber remitido el Compromiso de Mejora del indicador CCS, correspondiente al primer semestre del año 2017, en seis (6) centros poblados.11 No haber remitido el Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al primer semestre del año 2017, en cincuenta y un (51) centros poblados12.
NORMAS LEGALES
Sanción 34 multas de 51 UIT cada una
Viernes 7 de febrero de 2020 /
El Peruano
Reglamento de Calidad Numeral 5 del Anexo 10
1.11. Con fecha 22 de octubre de 2019, TELEFÓNICA interpuso Recurso de Apelación contra la Resolución N° 230-2019-GG/OSIPTEL, y solicitó se le otorgue el uso de la palabra, a fin de exponer al Consejo Directivo sus argumentos.
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Numeral 5 del Anexo 9
6 multas de 100 UIT cada una
Numeral 5 del Anexo 10
Centro Poblado Bellavista (Cajamarca) Quivilla (Huánuco) Orcotuna (Junín) Motupe (Lambayeque) Pachacamac (Lima) Santa Sofía (Piura) Sojo (Piura)
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Sanción Impuesta Multa de 91.7 UIT Multa de 51 UIT Multa de 51 UIT Multa de 51 UIT Multa de 51 UIT Multa de 51 UIT Multa de 51 UIT
51 multas de 100 UIT cada una
1.8. El 24 de mayo de 2019, TELEFÓNICA interpuso Recurso de Reconsideración contra la Resolución N° 0962019-GG/OSIPTEL, presentando como nueva prueba informes jurídicos elaborados por los señores Víctor Baca Oneto, Jorge Danos Ordoñez y Víctor García Toma. 1.9. Posteriormente, a través de las cartas N° TDP1762-AG-ADR-19 de fecha 3 de junio de 2019, N° TDP-1819-AG-ADR-19 de fecha 4 de junio de 2019, N° TDP-2075-AG-ADR-19 de fecha 26 de junio de 2019, N° TDP-3043-AG-ADR-19 de fecha 23 de agosto de 2019 y N° TDP-3043-AG-ADR-19 de fecha 26 de agosto de 2019, amplió los argumentos del Recurso de Reconsideración. 1.10. Mediante Resolución N° 230-2019-GG/ OSIPTEL13 del 30 de septiembre de 2019, la Primera Instancia declaró fundado en parte el Recurso de Reconsideración, bajo los siguientes términos:
Norma Artículo Conducta Imputada Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador TEMT, correspondiente al primer y segundo semestre del año 2017, en nueve (9) centros poblados14. Compromiso de Mejora del indicador TEMT, correspondiente al centro poblado Chazuta (San Martín) Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CCS, correspondiente al primer y segundo semestre del año 2017, en cinco (5) centros poblados. Compromiso de Mejora del indicador CCS, correspondiente a los centros poblados Bellavista (Cajamarca) y Pachacamac (Lima) Haber incumplido el Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al primer y segundo semestre del año 2017, en treinta y tres (33) centros poblados16. Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al centro poblado Bellavista (Cajamarca) No haber remitido el Compromiso de Mejora del indicador CCS, correspondiente al primer semestre del año 2017, en cuatro (4) centros poblados.17 Compromiso de Mejora del indicador CCS, correspondiente a los centros poblados La Curva (Arequipa) y San Andrés (Ica) No haber remitido el Compromiso de Mejora del indicador CV, correspondiente al primer semestre del año 2017, en cincuenta y un (51) centros poblados18. Sanción Confirmar 9 multas de 51 UIT cada una
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Numeral 5 del Anexo 8
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Bagua (Amazonas), Uripa (Apurímac), Cayma (Arequipa), Paucarpata (Arequipa),Vilcas Huaman (Ayacucho), Bellavista (Cajamarca), Llata (Huánuco),Chaglla (Huánuco), La Esperanza (La Libertad), Chiclayo (Lambayeque), José Leonardo Ortiz (Lambayeque), Picsi (Lambayeque), Pucala (Lambayeque), Breña (Lima), Carabayllo (Lima), Chorrillos (Lima), La Libertad (Lima), El Agustino (Lima), Independencia (Lima), Jesús María (Lima), La Molina (Lima), La Victoria (Lima), Lima (Lima), Lince (Lima), Las Palmeras (Lima),Lurín (Lima), Rímac (Lima), Ciudad de Dios (Lima), San Luis (Lima), San Miguel (Lima), Santa Anita Los ficus (Lima), Santa Rosa (Lima), Villa el Salvador (Lima), Santa Sofía (Piura). Tiabaya (Arequipa), La Curva (Arequipa), Yauri ( Espinar) (Cusco), San Andres (Ica), Pucala (Lambayeque) y Pedregal Grande (Piura) Andahuaylas (Apurímac), Selva Alegre (Arequipa), Cono Norte (Arequipa), Jacobo Hunter(Arequipa), Ciudad Satélite (Arequipa), Mariano Melgar (Arequipa), Miraflores (Arequipa), Sabandia (Arequipa), Socabaya (Arequipa), Cerro Verde (Arequipa), Yanahuara (Arequipa), Chivay (Arequipa), El Pedregal (Arequipa), Chuquibamba (Arequipa), Islay (Matarani) (Arequipa), Mollendo(Arequipa), San Juan Bautista (Ayacucho), Jaen (Cajamarca), Wanchaq(Cusco), Yauri (Espinar) (Cusco), Huancavelica(Huancavelica), Paucarbamba (Huánuco), Huánuco (Huánuco), Alto Laran (Ica), Los Aquijes(Ica), Pampa De Tate (Ica), Orcotuna (Junín), El Tambo(Junín), Huancayo(Junín), Sicaya (Junín), Viques (Junín), Jauja(Junín), Rio Negro (Junín), Acobamba (Junín), Roma(La Libertad), El Porvenir(La Libertad), Trujillo(La Libertad), Eten Puerto(Lambayeque), Ilo (Moquegua), Tapuc (Pasco), Cerro De Pasco(Pasco), Paragsha-San Andres-Jose Carlos Mariátegui (Pasco), Yanacancha (Pasco), Huancabamba (Piura), Pedregal Grande(Piura), Letira (Piura), Puno(Puno), Deustua (Puno), Juliaca (Puno), La Esperanza(Tacna), San Fernando(Ucayali). Notificada el 1 de octubre de 2019, a través de la carta N° 464-GCC/2019. Paucarpata (Arequipa), Tomay Kichwa (Huánuco), Chaglla (Huánuco), Iberia (Madre de Dios), Oyotun (Lambayeque), Puerto Rosario de Laberinto (Madre de Dios), Santa Sofía (Piura), Moho (Puno), Atalaya (Ucayali). Centro Poblado Quivilla (Huánuco) Sanción Impuesta Multa de 51 UIT
Numeral 5 del Anexo 9
Confirmar 5 multas de 51 UIT cada una 15
16
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Numeral Reglamento 5 del de Calidad Anexo 10
Confirmar 33 multas de 51 UIT cada una
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Numeral 5 del Anexo 9
Confirmar 4 multas de 100 UIT cada una
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Numeral 5 del Anexo 10
Confirmar 51 multas de 100 UIT cada una
Bagua (Amazonas), Uripa (Apurímac), Cayma (Arequipa), Paucarpata (Arequipa),Vilcas Huaman (Ayacucho), Llata (Huánuco),Chaglla (Huánuco), La Esperanza (La Libertad), Chiclayo (Lambayeque), José Leonardo Ortiz (Lambayeque), Picsi (Lambayeque), Pucala (Lambayeque), Breña (Lima), Carabayllo (Lima), Chorrillos (Lima), La Libertad (Lima), El Agustino (Lima), Independencia (Lima), Jesús María (Lima), La Molina (Lima), La Victoria (Lima), Lima (Lima), Lince (Lima), Las Palmeras (Lima),Lurín (Lima), Rímac (Lima), Ciudad de Dios (Lima), San Luis (Lima), San Miguel (Lima), Santa Anita Los ficus (Lima), Santa Rosa (Lima), Villa el Salvador (Lima), Santa Sofía (Piura). Tiabaya (Arequipa), Yauri ( Espinar) (Cusco), Pucala (Lambayeque) y Pedregal Grande (Piura) Andahuaylas (Apurímac), Selva Alegre (Arequipa), Cono Norte (Arequipa), Jacobo Hunter(Arequipa), Ciudad Satélite (Arequipa), Mariano Melgar (Arequipa), Miraflores (Arequipa), Sabandia (Arequipa), Socabaya (Arequipa), Cerro Verde (Arequipa), Yanahuara (Arequipa), Chivay (Arequipa), El Pedregal (Arequipa), Chuquibamba (Arequipa), Islay (Matarani) (Arequipa), Mollendo (Arequipa), San Juan Bautista (Ayacucho), Jaen (Cajamarca), Wanchaq(Cusco), Yauri (Espinar) (Cusco), Huancavelica(Huancavelica), Paucarbamba (Huánuco), Huánuco (Huánuco), Alto Laran (Ica), Los Aquijes(Ica), Pampa De Tate (Ica), Orcotuna (Junín), El Tambo(Junín), Huancayo(Junín), Sicaya (Junín), Viques (Junín), Jauja(Junín), Rio Negro (Junín), Acobamba (Junín), Roma(La Libertad), El Porvenir(La Libertad), Trujillo(La Libertad), Eten Puerto(Lambayeque), Ilo (Moquegua), Tapuc (Pasco), Cerro De Pasco(Pasco), Paragsha-San Andres-Jose Carlos Mariátegui (Pasco), Yanacancha (Pasco), Huancabamba (Piura), Pedregal Grande(Piura), Letira (Piura), Puno(Puno), Deustua (Puno), Juliaca (Puno), La Esperanza(Tacna), San Fernando(Ucayali).