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95 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 El Peruano / Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en el artículo 13, numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU y su modi fi catoria aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, modi fi cado por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD; y, a lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 011-2020. SE RESUELVE:Primero. - RECTIFICAR el error material consignado en la Tabla N° 2 del Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD que otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann; en tal sentido, deberá recti fi carse conforme lo siguiente: CódigoDenominación del ProgramaDenominación del grado académico P03 Ingeniería Mecánica Bachiller en Ingeniería Mecánica Segundo. - APROBAR los cambios de denominación de los programas, grados académicos y títulos profesionales comunicados por la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, conforme se detalla a continuación: Tabla N° 1 (RCD N° 056-2018-SUNEDU/CD) DENOMINACIÓN APROBADA EN LA RESOLUCIÓN N° 056-2018-SUNEDU/CDNUEVA DENOMINACIÓN Denominación del ProgramaIngeniería de Minas Ingeniería de Minas Grado Académico Bachiller Bachiller Denominación del grado académicoBachiller Ciencias con mención en Ingeniería de MinasBachiller en Ciencias con mención en Minería Denominación del título profesionalIngeniero de Minas Ingeniero de Minas Denominación del ProgramaIngeniería Geológica - GeotécnicaIngeniería Geológica - Geotécnica Grado Académico Bachiller Bachiller Denominación del grado académicoBachiller en Ingeniería GeológicaBachiller en Ingeniería Geológica Denominación del título profesionalIngeniero Geológico - GeotécnicoIngeniero Geólogo - Geotécnico Denominación del ProgramaArtes Artes Grado Académico Bachiller Bachiller Denominación del grado académicoBachiller en Artes Plásticas Bachiller en Artes Plásticas Denominación del título profesionalArtista Profesional en Artes PlásticasLicenciado en Artes Plásticas En el presente caso, se mantendrán las denominaciones establecidas en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, únicamente para fi nes de registro de grados y títulos. Tercero. - REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes e INFORMAR que la denominación de grados académicos y títulos de los programas de Ingeniería de Minas, Ingeniería Geológica - Geotécnica y Artes, listados en el numeral Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 056-2018-SUNEDU/CD, se mantienen para fi nes del registro de los grados académicos y títulos.Cuarto. - PRECISAR que la presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su notifi cación 2. Quinto. - NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Sexto. - DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFIN ZEGARRA ROJAS Presidente (e) del Consejo Directivo de la Sunedu 2 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD Artículo 25.- Recurso de Reconsideración 25.1 El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (…) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS Artículo 217. Recursos administrativos (…) 217.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días. 1869392-2 Aprueban modificación de licencia institucional solicitada por la Escuela de Postgrado Gerens S.A. y reconocen la creación de un programa de estudio conducente al grado académico de maestro RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 063-2020-SUNEDU/CD Lima, 1 de julio de 2020VISTOS:La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario N° 041630-2019-SUNEDU-TD del 30 de septiembre de 2019, presentada por la Escuela de Postgrado Gerens S.A. (en adelante, Escuela de Posgrado); y, el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 005-2020-SUNEDU-02-12 del 23 de marzo de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO:1. Antecedentes Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 045-2018-SUNEDU/CD del 16 de mayo de 2018, publicada el 17 de mayo de 2018 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se otorgó la licencia institucional a la Escuela de Posgrado para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su Sede ubicada en Avenida Primavera N° 1050, segundo y tercer piso, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima (SL01), con una vigencia de seis (6) años; reconociéndole un (1) programa de estudios conducente al grado académico de maestro.