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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2020 (10/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 10 de julio de 2020 El Peruano / a) Entiéndase que el plazo de entrega de información es el día dieciocho (18) de cada mes o día hábil siguiente. Esta obligación se mantiene hasta 30 días posteriores de fi nalizada la Declaratoria de Emergencia Sanitaria declarada por el Gobierno Nacional según el Decreto Supremo N° 008-2020-SA, y modi fi catorias. b) Si las IPRESS privadas modi fi can los precios de venta de los productos de los servicios y dispositivos médicos para la prevención, promoción, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, servicios complementarios o auxiliares, en el marco de las acciones preventivas y de control ante el riesgo de propagación del COVID-19, deberán comunicarlo en el día de realizada dicha modi fi cación, incluyendo la remisión de todo el listado actualizado a SUSALUD. Artículo 5.- DISPONER que las IPRESS privadas de categorías III, II y las incluidas en el listado aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, presenten la Declaración Jurada “Exoneración de la obligación de remitir información a SUSALUD”, de manera mensual, siempre que no brinden atención a personas que cumplan criterios de casos sospechosos o con fi rmados para COVID-19. Artículo 6.- AUTORIZAR a la Intendencia de Investigación y Desarrollo (IID), a efectuar las precisiones que resulten necesarias en el Anexo 2, de la presente resolución, a fi n de hacer efectiva la remisión de la información a la que se re fi ere la Resolución de Superintendencia N° 043-2020-SUSALUD/S. Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la resolución y sus Anexos en el portal web de SUSALUD (www.susalud.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL Superintendente 1870474-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el Plan de Capacitación Virtual - 2020 de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000171-2020-CE-PJ Lima, 16 de junio del 2020 VISTO: El O fi cio N° 000036-2020-P-CPAJPVYJC-CS-PJ cursado por la doctora Janet Tello Gilardi, Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, la doctora Janet Tello Gilardi, Presidenta de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Capacitación Virtual - 2020 de la referida comisión, el cual se desarrollará en coordinación con la Subgerencia de Capacitación de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial.Segundo. Que, el referido plan de capacitación está dirigido a las juezas jueces, servidores jurisdiccionales y trabajadores administrativos de este Poder del Estado, a fi n de fortalecer sus conocimientos y capacidades en el servicio de administración de justicia, en bene fi cio de los ciudadanos; especialmente para los usuarios en situación vulnerable a fi n de coadyuvar a la protección de sus derechos fundamentales. Tercero. Que, las actividades que constituyen el referido plan de capacitación cumplen con los objetivos del Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad 2016-2021, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 090-2016-CE-PJ, para la e fi cacia de las “100 Reglas de Brasilia”. Cuarto. Que, el artículo 82° inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del plan de capacitación virtual presentado. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 655- 2020 de la trigésima quinta sesión de fecha 8 de junio de 2020, realizada en forma virtual, con la participación de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Capacitación Virtual - 2020 de la Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad; que en documento anexo forma parte integrante de la presente decisión. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de capacitación. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión Permanente de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1870265-1 Disponen la creación de Módulos de Protección y Módulos Penal es, con juzgados de protección y penal que conforman el denominado “Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - SNEJ”, en los Distritos Judiciales de Puente Piedra-Ventanilla, Callao, Ancash y Arequipa, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000172-2020-CE-PJ Lima, 22 de junio del 2020