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70 NORMAS LEGALES Viernes 10 de julio de 2020 / El Peruano propuesta de ROF. El contenido de dicho informe varía de acuerdo con el supuesto establecido en el numeral 46.1 que le resulte aplicable”; Que, el Artículo 50.1º inciso e) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, prevé lo siguiente: “El expediente del proyecto de ROF está conformado por los siguientes documentos: a. Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF; b. Proyecto de ROF; c. Exposición de motivos; d. Informe técnico y sus anexos; e. Informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 1273-2019-UNAM de fecha 30 de diciembre del 2020, se aprobó el “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA”; actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cuatro (134) artículos y el Organigrama Estructural; Que, mediante Informe Nº 050-2020-UP-OPEP/ UNAM, el Encargado de la Unidad de Planeamiento Estratégico, presenta el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, el mismo que cuenta con el Informe Técnico sustentatorio y el organigrama institucional, el cual fue elaborado conforme a la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las Universidades Publica; Que, en ese sentido, con Informe Nº 139-2020-OAL/ CO-UNAM, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal, se ratifi ca, en la opinión legal favorable vertida con el Informe Legal Nº 1620-2019-OAL/CO-UNAM, que concluye “Que habiéndose cumplido con veri fi car la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a los órganos y unidades orgánicas de la Universidad Nacional de Moquegua en el proyecto del Reglamento de Organización y Funciones, así como la no duplicidad de funciones, opina que el presente expediente sea elevado a Sesión de Comisión Organizadora, para su evaluación y aprobación por tratarse de un documento de gestión organizacional, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM”; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, en Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2020, por UNANIMIDAD, acordó: APROBAR, el “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la Universidad Nacional de Moquegua”; actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cinco (135) artículos y el Organigrama Estructural; que forman parte integrante de la presente resolución; Que, estando a las consideraciones precedentes y en uso de las atribuciones que concede la Ley Universitaria Nº 30220, Resolución de Consejo Directivo Nº 103-2017-SUNEDU-CD, el Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 278-2019-UNAM de fecha 11 de abril del 2019; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, el “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA”; actualizado, el mismo que consta de cuatro (4) Títulos, siete (7) capítulos, ciento treinta y cinco (135) artículos y el Organigrama Estructural; que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración, O fi cinas Administrativas, Académicas y de Investigación, adoptar las acciones administrativas necesarias para la difusión, implementación y ejecución de la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Comisión Organizadora Nº 1273-2019-UNAM de fecha 30 de diciembre del 2019 y toda disposición o acto resolutivo que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 1870222-1MINISTERIO PUBLICO Prorrogan asignación de plazas de fiscales y vigencia de nombramientos de fiscales del Distrito Fiscal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 768-2020-MP-FN Lima, 9 de julio de 2020VISTA:La Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 063-2019-MP-FN-JFS, de fecha 07 de junio de 2019. CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 150-2019-EF, se dispuso autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego del Ministerio Público, para fi nanciar el fortalecimiento de las fi scalías a nivel nacional. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1027-2019-MP-FN, de fecha 15 de mayo de 2019, se aprobó la desagregación de la transferencia de partidas autorizada en mérito a lo establecido en el artículo 1º del mencionado Decreto Supremo. Que, a través de la Resolución de vista, emitida en virtud al Acuerdo Nº 5560, adoptado el 06 de junio de 2019, y su recti fi cación materia de la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 085-2019-MP-FN-JFS, de fecha 26 de julio de 2019, se dispuso la creación de despachos y plazas fi scales a nivel nacional, todos con carácter transitorio, cuya vigencia fue prorrogada a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2020, mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos Nº 127-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3837-2019-MP-FN, de fecha 31 de diciembre de 2019, se dispuso, entre otros, asignar, de manera temporal, tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales a nivel nacional, con carácter transitorio, creadas mediante la Resolución de vista, al Pool de Fiscales Transitorios de Lima, hasta el 30 de junio de 2020. Que, con el o fi cio Nº 3631-2020-MP-FN-PJFSLIMA, la abogada Aurora Remedios Fátima Castillo Fuerman, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, solicita la prórroga de la asignación de las plazas señaladas en el párrafo precedente, conforme al pedido formulado mediante o fi cio Nº 026-2020-MP- FN-1ºFPP-LAVICTORIA, suscrito por el abogado Moisés Fernández Benites, Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima, designado en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Transitoria de La Victoria, Distrito Fiscal de Lima, quien mani fi esta que el trabajo fi scal en los distritos de La Victoria y San Luis es constante y arduo, debido al alto índice de criminalidad que existe en dichos distritos, lo que se refl eja en la carga laboral, por lo que persiste la necesidad de seguir contando con el Apoyo de las Fiscales Adjuntas Provinciales que ocupan dichas plazas, para lo cual indica el progreso y producción de dichas fi scales. Estando a la necesidad del servicio señalada el párrafo precedente, se hace necesario expedir el resolutivo correspondiente, por el cual se disponga la prórroga de las asignaciones de las plazas señaladas en el párrafo cuarto de la parte considerativa de la presente resolución, y la consecuente ampliación de los nombramientos, designaciones y destaques de los fi scales que las ocupan, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar la asignación temporal de tres (03) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales a nivel