Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2020 (06/03/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 6 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

73

de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, copia del diploma del Título de Licenciado en Enfermería, Constancia de autenticidad expedida por el Secretario General, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio N° 0007-2020-OGTSG-UNFV de fecha 06.01.2020, señala que se expidió con fecha 24.04.1990 el Diploma de Título de Licenciado en Enfermería a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 25, Folio N° 85 y Registro N° 20029, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del referido diploma, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley N° 28626; En mérito a la opinión favorable de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal N° 004-2020-OCAJ-UNFV, de fecha 09.01.2020, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe N° 039-2020-VRAC-UNFV, de fecha 16.01.2020 y estando a lo dispuesto por el señor Rector mediante Proveído Nº 0284-2020-R-UNFV, de fecha 16.01.2020; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 118, de fecha 29.01.2020, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, otorgado por la ex Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina "Hipólito Unanue" de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. N° 1075-2017-CU-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Enfermería, otorgado por la ex Facultad de Medicina Humana hoy Facultad de Medicina "Hipólito Unanue" de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARISOL GRACIELA CASTILLO BOYER (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 25, Folio Nº 85, Registro Nº 20029 fecha de expedición 24.04.1990, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina "Hipólito Unanue", así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1861535-4

Aprueban actualización y eliminación de tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL Secretaría General RESOLUCIÓN R. N° 7220-2020-CU-UNFV San Miguel, 24 de febrero de 2020 Visto, el Oficio N° 002-2020-CRT-DIGA-UNFV de fecha 06.02.2020, del Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, mediante el cual remite para su aprobación la actualización y eliminación de tarifas en el Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios Estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes; Que, la Ley N° 30220 ­ Ley Universitaria, establece en su Artículo 8° "El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Resolución R. N° 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013, se aprobó el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, el mismo que consta de treinta y seis (36) folios, que sellados y rubricados por el Secretario General de la Universidad, forma parte integrante de la referida Resolución; Que, mediante Resolución R. N° 7367-2015-CUUNFV de fecha 24.02.2015, se aprobó la Incorporación y/o Actualización de ciento sesenta y nueve (169) tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. N° 4224-2013-CU-UNFV de fecha 25.09.2013; Que, mediante Resolución R. N° 602-2017-UNFV de fecha 10.04.2017-UNFV se reestructuró a partir de dicha fecha, la Comisión encargada de Revisar el Registro de Tarifas de los Servicios No Exclusivos de esta Casa de Estudios Superiores; Que, mediante Resolución R. N° 1057-2017-UNFV de fecha 09.06.2017, se aprobó la DIRECTIVA N° 002-2017DIGA "Lineamientos para el Proceso de Formulación, Actualización, Modificación, Eliminación y Aprobación de Tarifas para los Procesos no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal"; Que, mediante Resolución R. N° 2167-2018-CUUNFV de fecha 22.01.2018, se aprobó la Actualización de cuatrocientos cincuenta y tres (453) Tarifas en el Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal, aprobado con Resolución R. N° 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015; Que, mediante Oficio N° 002-2020-CRT-DIGA-UNFV de fecha 06.02.2020, el Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas de esta Casa de Estudios Superiores, remite para su aprobación la actualización y eliminación de tarifas, correspondientes al Centro Pre Universitario Villarreal ­ CEPREVI, así como la actualización de tarifas propuestas por la Oficina Central de Admisión; por lo que solicita la modificación del Registro de Tarifas de Servicios No Exclusivos aprobado mediante Resolución R. N° 7367-2015-CU-UNFV de fecha 24.02.2015; En mérito a la propuesta del Presidente de la Comisión Revisora de Tarifas UNFV contenida en Oficio

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.