TEXTO PAGINA: 26
26 NORMAS LEGALES Sábado 2 de mayo de 2020 / El Peruano Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 14-2020. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar fundado el extremo 4, del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Enel Distribución Perú S.A.A. contra la Resolución N° 010-2020-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.4.2 de la presente resolución. Artículo 2°.- Declarar fundados en parte los extremos 1, 2, 3, 5 y 6 del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Enel Distribución Perú S.A.A. contra la Resolución N° 010-2020-OS/CD, por las razones expuestas en los numerales 2.1.2, 2.2.2, 2.3.2, 2.5.2 y 2.6.2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Declarar infundados los extremos 7 y 8 del recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Enel Distribución Perú S.A.A. contra la Resolución N° 010-2020-OS/CD, por las razones expuestas en los numerales 2.7.2 y 2.8.2 de la presente resolución. Artículo 4°.- Disponer que las modi fi caciones que motive la presente resolución en la “Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019”, aprobada mediante Resolución N° 010-2020-OS/CD, se consignen en resolución complementaria. Artículo 5°.- Disponer la publicación en el diario ofi cial El Peruano de la presente resolución, y consignarla junto a sus informes de sustento en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2020.aspx. La vigencia y efectos de la presente resolución será a partir del 07 de mayo de 2020, al amparo de lo previsto en el artículo 28 de Decreto de Urgencia N° 029-2020, de no mediar prórroga. ANTONIO MIGUEL ANGULO ZAMBRANO Presidente del Consejo Directivo (e)Osinergmin 1865973-4 Modifican la “ Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN N° 042-2020-OS/CD Lima, 30 de abril de 2020CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Enel Distribución Perú S.A.A. y Luz del Sur S.A.A., contra la Resolución N° 010-2020-OS/CD (“Resolución 010”) mediante la cual se aprobó la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019”, con Resolución N° 177-2015-OS/CD (la carpeta MOD INV_2020) y con Resolución N° 179-2018-OS/CD (el archivo VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm), se han expedido las Resoluciones N° 041-2020-OS/CD y N° 040-2020-OS/CD (“RESOLUCIONES”), respectivamente; Que, en las RESOLUCIONES, se ha dispuesto realizar las modi fi caciones que correspondan en la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019” (la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”), las cuales se encuentran contenidas en la presente resolución; Que, dichas modi fi caciones se detallan en los informes N° 103-2020-GRT y N° 105-2020-GRT, mediante los cuales se analizaron técnicamente los recursos de reconsideración presentados por las empresas Enel Distribución Perú S.A.A. y Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución 010, respectivamente; cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, con fecha 20 de marzo de 2020, se publicó en el diario o fi cial El Peruano el Decreto de Urgencia N° 029-2020, en cuyo artículo 28 se establece la suspensión por treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicado el citado decreto, del cómputo de los plazos de inicio y de tramitación de los procedimientos administrativos y procedimientos de cualquier índole, incluso los regulados por leyes y disposiciones especiales, que se encuentren sujetos a plazo; suspensión que vence el 6 de mayo de 2020; Que, en virtud de lo establecido en dicho dispositivo normativo, la decisión de la autoridad administrativa sólo podrá surtir efectos a partir del 7 de mayo de 2020; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 14-2020. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Modi fi car la “Actualización de las Bases de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2019” (la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”), aprobada por Resolución N° 010-2020-OS/CD. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla, junto con la carpeta “MOD INV_2020” y el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2020.xlsm”, que contiene las Bases de Datos modi fi cadas a que se re fi ere el artículo 1, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2020.aspx. La vigencia y efectos de la presente resolución será a partir del 07 de mayo de 2020, al amparo de lo previsto en el artículo 28 de Decreto de Urgencia N° 029-2020, de no mediar prórroga. ANTONIO MIGUEL ANGULO ZAMBRANO Presidente del Consejo Directivo (e)Osinergmin 1865973-5