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74 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de mayo de 2020 / El Peruano MULTAS TRIBUTARIAS - Pago al Contado Año de deudaPago Virtual - Bancos - Agentes BancariosPago en O ficinas SAT Descuento en Insoluto 1/Descuento en Intereses 1/Descuento en InsolutoDescuento en Intereses Hasta el 2019 50% 100% 45% 95% 1/ Incluye el descuento adicional dispuesto en el artículo 7 En caso se hubieran realizado pagos a cuenta con anterioridad a la vigencia del presente bene fi cio, los descuentos serán realizados sobre el saldo pendiente. Artículo 9.- Bene fi cios otorgados por el pago fraccionado de tributos y multas tributarias. Los bene fi cios otorgados por el pago fraccionado consistirán en la aplicación de descuentos, respecto del insoluto del tributo y/o de la multa tributaria, así como de los intereses moratorios, en los porcentajes que se detallan a continuación: a) Impuestos Municipales . Por el pago fraccionado, se otorgarán los descuentos únicamente respecto de los intereses moratorios: TODOS LOS IMPUESTOS Fraccionado Año de deuda Descuento en Intereses Hasta 2015 80% 2016 - 2017 60% 2018 - 2019 30% b) Arbitrios Municipales y Multas Tributarias . Por el pago fraccionado, se otorgarán los descuentos respecto del insoluto de la deuda y los intereses moratorios: ARBITRIOS MUNICIPALES Año de deudaFraccionado Descuento en InsolutoDescuento en Intereses Hasta 2015 40% 80% 2016 - 2017 20% 60% 2018 - 2019 5% 30% MULTAS TRIBUTARIAS Año de deudaFraccionado Descuento en InsolutoDescuento en Intereses Hasta el 2019 45% 95% En caso se hubieran realizado pagos a cuenta con anterioridad a la vigencia del presente bene fi cio, los descuentos serán realizados sobre el saldo pendiente. Artículo 10.- Condonación de intereses. Disponer la condonación de los intereses moratorios generados de la deuda vencida correspondiente al ejercicio 2020, del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales e Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos, Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas. Artículo 11.- De las multas tributarias sujetas al régimen de gradualidad. Tratándose de multas tributarias sujetas a descuentos, establecidos en el régimen de gradualidad, de resultar estos más bene fi ciosos para el contribuyente que los regulados por la presente ordenanza, dichas deudas no podrán ser materia de acogimiento.CAPÍTULO III BENEFICIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS Artículo 12.- Incentivos por el pago al contado mediante canales virtuales, bancos o agentes bancarios u otros distintos a las o fi cinas del SAT. Establézcase, como incentivo por realizar el pago al contado por canales virtuales, en cualquier banco, agente bancario u otros canales distintos a las o fi cinas del SAT, un descuento adicional del cinco por ciento (5%) sobre el importe total del insoluto de las multas pendientes de pago, correspondientes al ejercicio 2020 y años anteriores. Artículo 13.- Descuentos en multas por la reincidencia en la comisión de infracciones. Tratándose de multas impuestas por la reincidencia en la comisión de infracciones, el descuento se aplica sobre el monto total del insoluto, que incluye el incremento producto de la mayor drasticidad en la sanción de la reincidencia. Lo dispuesto será también de aplicación para los descuentos otorgados como incentivo, dispuestos en el artículo precedente. Artículo 14.- Bene fi cios por el pago al contado de la deuda por multas impuestas por infracciones en materia de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, así como por multas administrativas. Dispóngase la aplicación de descuentos por el pago al contado, respecto del insoluto de las multas, en los porcentajes que se detallan a continuación: a) Multas de tránsito, transporte de carga y vehículo menor. - Por el pago al contado, se otorgarán los descuentos siguientes respecto del insoluto de la multa: Año de InfracciónDescuento -Pago al Contado Infracciones con descuento de acuerdo a la tabla de infracciones y sanciones 1/Infracciones sin descuento de acuerdo a la tabla de infracciones y sanciones 1/ Pago Virtual - Bancos - Agentes Bancarios 2/Pago en Oficinas SATPago Virtual- Bancos Agentes Bancarios 2/Pago en Oficinas SAT Hasta el 2016 90% 85% 80% 75% 2017 y 2018 80% 75% 70% 65% 2019 y 2020 70% 65% 60% 55% 1/ Descuentos como incentivo por pronto pago u otros, establecidos en los respectivos reglamentos 2/ Incluye el descuento adicional dispuesto en el artículo 12 b) Multas administrativas. - Por el pago al contado, se otorgarán los descuentos siguientes respecto del insoluto de la multa y su reajuste: Año de InfracciónDescuento - Pago al Contado Multas + reajuste Pago Virtual -Bancos -Agentes Bancarios 1/Pago en O ficinas SAT Hasta el 2016 90% 85% 2017 y 2018 80% 75% 2019 y 2020 70% 65% 1/ Incluye el descuento adicional dispuesto en el artículo 12 En caso se hubieran realizado pagos a cuenta con anterioridad a la vigencia del presente bene fi cio, los descuentos serán realizados sobre el saldo pendiente. Artículo 15.- Bene fi cios por el pago fraccionado de la deuda por multas impuestas por infracciones en materia de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, así como por multas administrativas. Dispóngase la aplicación de descuentos por el pago fraccionado, respecto del insoluto de las multas, en los porcentajes que se detallan a continuación: