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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2020 (21/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Jueves 21 de mayo de 2020 El Peruano / - Procesador de 2 núcleos con 1.2 gigahercio (GHz) como mínimo. - 1 GB de RAM (32 bits) como mínimo.- Programa antivirus actualizado. b) Los jueces, funcionarios y auxiliares jurisdiccionales y administrativos deben tener en sus domicilios los equipos de cómputo necesarios para la conexión remota (VPN), en ellos deben instalarse y con fi gurarse el software Red Privada Virtual (VPN). c) Los equipos de cómputo asignados al personal deben mantenerse encendidos en sus respectivas áreas o sedes de trabajo físico en la CSJ-LIMA NORTE. d) Se requiere de la operatividad plena de los sistemas informáticos del Poder Judicial: SISTEMA INTEGRADO JUDICIAL (SIJ), Expediente Judicial Electrónico (EJE), y el Sistema de Requerimientos Judiciales Digitales (SIREJUD) en el caso de la CSJ-LIMA NORTE, para la asignación de carga de trabajo y descarga de la producción realizada, así como el sistema de realización de reuniones y audiencias con fi gurado en base al Google Hangout Meet. 11.2. Desarrollo de la gestión y efectividad del TRa) El trabajo remoto se realiza utilizando la Red Privada Virtual (VPN), conforme a las disposiciones de la Resolución Administrativa n.° 124-2020-CE-PJ y su modi fi catoria que aprueba la implementación masiva de la Solución de Conexión VPN, para los usuarios jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial. b) La Gerencia de Informática de la Gerencia General habilitará al trabajador el acceso remoto (VPN), previa gestión de la Coordinación de Informática de la CSJ-LIMA NORTE. c) Los Administradores de los Módulos y Sedes Judiciales solicitarán la habilitación del acceso remoto (VPN) para los jueces, funcionarios y auxiliares jurisdiccionales y administrativos que deseen desarrollar sus actividades funcionales a través de este mecanismo, lo que realizará a la Coordinación de Informática de la CSJ-LIMA NORTE, quien gestionará la autorización respectiva a la Gerencia de Informática de la Gerencia General, sin que ello implique un costo adicional a la Corte ni para el trabajador. d) La Coordinación de Informática diseñará los programas de capacitación a los jueces, funcionarios y servidores en general de la CSJ-LIMA NORTE para el manejo y operatividad del TR. e) La Comisión de Implementación del TR deberá tener presente y cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos personales, propiedad intelectual y seguridad de la información, los cuales estarán a cargo de la Gerencia de Administración Distrital, la Coordinación de Informática y la Asesora Legal de la CSJ-LIMA NORTE. f) La Comisión de Implementación del TR deberá tener en cuenta las recomendaciones sobre las medidas y las condiciones de Seguridad y Salud de los jueces, funcionarios, auxiliares jurisdiccionales y administrativos que desarrollan sus actividades funcionales a través del TR. g) En todo caso, el trabajo efectivo de jueces y personal del Poder Judicial será de 3 días de trabajo presencial y 02 días de trabajo remoto 11.3. Obligaciones de los jueces, funcionarios, auxiliares jurisdiccionales y administrativos que desarrollan sus actividades funcionales a través del TR a) Cumplir con las disposiciones legales de los procesos jurisdiccionales o administrativos respectivos. b) Cumplir con la normativa vigente sobre seguridad de la información, protección y con fi dencialidad de los datos, propiedad intelectual, y seguridad y salud en el trabajo. c) Estar disponible durante la jornada de trabajo para las coordinaciones o asignación de labores, comunicando el lugar exacto donde se encuentra.d) Incorporar o registrar en los sistemas informáticos del Poder Judicial toda labor realizada para el control respectivo, bajo responsabilidad. e) Custodiar y conservar la documentación física o digital utilizada en su labor, comunicando de cualquier deterioro o pérdida de ellos a los organismos de administración y control de la institución para las acciones respectivas, bajo responsabilidad funcional. 11.4. Evaluación de la productividad jurisdiccional y administrativa a) La recopilación de la información sobre la productividad mediante el TR estará cargo de los Administradores de los Módulos y Sedes Judiciales, evacuando diariamente el REPORTE CONSOLIDADO de actividades, con supervisión permanente del Secretario Técnico de la Comisión. b) La producción se medirá tomando en cuenta el Formato de Control de Actividades del TR (Anexo N° 1), el mismo que será remitido diariamente de acuerdo al siguiente criterio, para su contrastación con los reportes consolidados emitidos por los Administradores de los Módulos y Sedes Judiciales. c) La producción diaria deberá ser entregada, a través del formato que antecede, por los jueces, funcionarios, auxiliares jurisdiccionales y administrativos a los Administradores de los Módulos y Sedes Judiciales, o sus Jefes inmediatos superiores en caso de órganos administrativos, quienes remitirán los reportes consolidados, mediante correo electrónico institucional, a la Coordinación de Estadística, Presidencia y Gerencia de Administración Distrital, adjuntando el Formato de Control al Trabajador bajo la Modalidad de Trabajo Remoto (Anexo N° 2), para su validación respectiva. XII. ACCIONES DE LOS ORGANISMOS DE APOYO 12.1 La Coordinación de Personal remitirá al Secretario Técnico de la Comisión de Implementación del TR un informe conteniendo la relación de los jueces, funcionarios y servidores (jurisdiccionales y administrativos) que solicitaron realizar sus actividades funciones mediante el TR, y de quienes solicitan acogerse a esta modalidad de trabajo. 12.2 El Secretario Técnico de la Comisión de Implementación del TR revisará, validará y elevará el informe respectivo a la Presidencia de la CSJ LIMA NORTE para la emisión del acto administrativo de autorización, en caso de conformidad, con la precisión de que los jueces, funcionarios y servidores (jurisdiccionales y administrativos) vienen ejecutando sus labores mediante TR desde el 24/4/2020, en virtud de lo dispuesto en la R.A, n.° 124-2020-CEPJ. 12.3 La Coordinación de Informática presta asistencia técnica permanente a los jueces, funcionarios y servidores (jurisdiccionales y administrativos) que realizan sus actividades funcionales mediante el TR, instalando, habilitando o reparando los accesos y utilización plena de las herramientas tecnológicas autorizadas su uso en la institución. 12.4 La Coordinación de Informática capacita a los funcionarios y servidores de la CSJ-LIMA NORTE sobre el uso de las TIC que forman parte el TR. 12.5 El servicio de Bienestar Social, junto a la Coordinación de Personal, realizan el seguimiento permanente de los jueces, funcionarios y servidores (jurisdiccionales y administrativos) que cumplen sus actividades funcionales mediante el TR, informando sobre los requerimientos respecto a su estado de salud para las acciones correspondientes. XIII. SEGUIMIENTO DEL TRABAJO REMOTO 13.1. Evaluación de la satisfacción laboral. 13.2. Evaluación de la productividad.13.3. Mejora continua.