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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2020 (21/05/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 21 de mayo de 2020 / El Peruano RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “ Acuerdo por intercambio de Notas entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para extender mutatis mutandis los efectos de la aplicación del Acuerdo Comercial Multipartes” DECRETO SUPREMO Nº 015-2020-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el “Acuerdo por intercambio de Notas entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para extender mutatis mutandis los efectos de la aplicación del Acuerdo Comercial Multipartes” fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota REF # 0086 del 11 de octubre de 2019, de la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Lima y Nota RE (MIN) N° 6-17/29 del 11 de octubre de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú, que facultan al Presidente de la República para celebrar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo por intercambio de Notas entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para extender mutatis mutandis los efectos de la aplicación del Acuerdo Comercial Multipartes” formalizado mediante intercambio de Notas, Nota REF # 0086 del 11 de octubre de 2019, de la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Lima y Nota RE (MIN) N° 6-17/29 del 11 de octubre de 2019, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o ficial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1866605-10 Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia y como Embajador ante el Reino de Dinamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2020-RE Lima, 20 de mayo de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 086-2018- RE, de 3 de mayo de 2018, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0261-2018- RE, se fijó el 18 de mayo de 2018, como fecha en que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia; Que, mediante Resolución Suprema N° 152-2018- RE, de 13 de agosto de 2018, se nombró al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia; y, De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi ficatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi ficatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia, el 24 de mayo de 2020. Artículo 2.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, el 24 de mayo de 2020. Artículo 3.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO MEZA-CUADRA V. Ministro de Relaciones Exteriores 1866605-16 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia y para que se desempeñe simultáneamente como Embajador ante el Reino de Dinamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2020-RE Lima, 20 de mayo de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 053-2020-RE, se dispuso el pase a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Antonio Raymundo Bellina Acevedo, el 25 de mayo de 2020, por cumplir veinte años en la categoría; Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM,