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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Domingo 29 de noviembre de 2020 El Peruano / de la normativa aplicable a la fecha de construcción de la edi fi cación, siempre y cuando las edi fi caciones de vivienda construidas cumplan con sus funciones básicas, además de las condiciones de confort y habitabilidad, establecidas en el RNE. 9. COMPETENCIA DE LA COMISIÓN TÉCNICA CALIFICADORA.- En los casos que corresponda, la Comisión Técnica Califi cadora podrá evaluar aspectos referidos a estos y otros parámetros para facilitar, en lo posible, la regularización de las edi fi caciones, debiendo considerar criterios de calidad de confort habitabilidad y seguridad, los que deberán estar sustentados en sus dictámenes. CAPÍTULO III DE LOS REQUISITOS PARA LA REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES Artículo 7º.- REQUISITOS A efectos de iniciar el procedimiento de Regularización de Edi fi caciones, los propietarios de las edi fi caciones que se encuentren dentro del alcance de la presente Ordenanza, deberán cumplir con presentar los siguientes requisitos:7.1 Formulario Único de Edi fi cación, en tres (03) juegos originales, debidamente suscritos por el administrado y, en la sección que corresponda, por el profesional responsable, en el que se debe consignar la información necesaria al procedimiento que se requiere iniciar, adjuntando copia del recibo del pago efectuado por derecho de revisión al Colegio Profesional. 7.2 En el caso que el administrado no sea el propietario del predio, debe presentar la documentación que acredite que cuenta con derecho a edi fi car. 7.3 Documentación técnica, fi rmada por el profesional constatador, compuesta por: - Plano de ubicación y localización del lote. - Planos de arquitectura (planta, cortes y elevaciones).- Memoria descriptiva.En la leyenda de dicha documentación técnica, se deberá especi fi car, que es un procedimiento de Regularización. 7.4 Carta de seguridad de obra, debidamente sellada y fi rmada por un Ingeniero Civil colegiado. (Anexo Nº 01). 7.5 Documentación que acredite la fecha de la ejecución de la obra, de no contar con la misma, podrá presentar Declaración Jurada (Anexo Nº 02). COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES