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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 29 de noviembre de 2020 El Peruano / POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA; VISTO:En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe N° 230-2020-SGOPyPCyOP-GDUCT/MDPH de fecha 29 de octubre de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos y Catastro y Obras Privadas; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; Que, el artículo 40°, del mismo cuerpo legal, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza N° 242-2013-MDPH publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, se declaró zona de riesgo geológico, la zona este del distrito de Punta Hermosa, partiendo de la carretera Panamericana en la zona denominada “La Quebrada de Malanche” hasta el límite con el distrito de Huarochirí y suspendió toda actividad administrativa o constructiva en el área afectada, hasta que sea diseñado el cauce natural del huayco; Que, mediante Informe N° 230-2020-SGOPyPCyOP- GDUCT/MDPH de fecha 29 de octubre de 2020, la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos y Catastro y Obras Privadas de la Municipalidad distrital de Punta Hermosa, solicita la derogatoria de la referida Ordenanza, atendiendo a que la Faja Marginal de la Quebrada Río Seco (Malanche) ya tiene una delimitación aprobada; Que, mediante Resolución Directoral N° 828-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA de echa 25 de setiembre de 2020, se dispuso aprobar la delimitación de la faja marginal de la quebrada Río Seco (Malanche), con un total de 180 hitos georeferenciados y validados con coordenadas UTM WGS 84, de los cuales 94 hitos corresponden a la margen derecha y 86 hitos a la margen izquierda, en un tramo de 18.10 k, que corresponde a la Unidad Hidrográ fi ca denominada 1375533, la cual comprende una intercuenca que desemboca al Océano Pací fi co en el Sector de Punta Hermosa; Que, el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo; En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó la siguiente: ORDENANZA N° 421-MDPH ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA N° 242-2013-MDPH QUE DECLARÓ ZONA DE RIESGO GEOLÓGICO, LA ZONA ESTE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA Y SUSPENDEN TODA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA O CONSTRUCTIVA EN ÁREA AFECTADA Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza N° 242- 2013-MDPH que declaró zona de riesgo geológico, la zona este del distrito de Punta Hermosa y suspenden toda actividad administrativa o constructiva en área afectada. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Control Territorial la proyección de una nueva Ordenanza, conforme la normativa vigente y aplicable. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, su publicación en la página web de la entidad (www.munipuntahermosa.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde 1907209-1 Declaran de interés público local en el distrito de Punta Hermosa, la implementación del Centro de Salud Mental Comunitario ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2020-MDPH Punta Hermosa, 30 de octubre de 2020VISTOS:El Expediente N° 2938 de fecha 02 de setiembre de 2020, presentado por la Dirección de Redes Integrados de Salud Lima Sur, el Informe N° 196-2020-MDPHGDHyS de fecha 25 de agosto de 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el Informe N° 1354-2020-MDPH-SGLyCP de fecha 30 de setiembre de 2020, emitido por la Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, el Informe N° 081-2020-GAF-MDPH de fecha 02 de octubre de 2020, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe N° 351-2020-MDPH-GDHyS de fecha 26 de octubre de 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Social; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley de Reforma Constitucional, N° 30305, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el numeral 8) del artículo 195° de la Constitución Política del Estado, establece como competencia de los gobiernos locales, el desarrollo y regular actividades en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sostenibilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley; Que, mediante Expediente N° 2938 de fecha 02 de setiembre de 2020, la DIRIS Lima Sur, nos remiten el Ofi cio N° 1609-2020-ESSMyCP-DMyGS-DG-DIRIS-LS/ MINSA de fecha 25 de agosto de 2020, mediante el cual solicitan el apoyo con un local para la implementación de un Centro de Salud Mental Comunitario, en el distrito de Punta Hermosa, para lo cual, adjuntan un proyecto de convenio denominado “Convenio de Cooperación Mutua entre la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur - MINSA y la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, para la Implementación de un Centro de Salud Mental Comunitario”, asimismo, el “Plan para la Implementación de Centro de Salud Mental Comunitario en el Distrito de Punta Hermosa – DIRIS LIMA SUR”; Que, mediante Informe N° 196-2020-MDPHGDHyS de fecha 25 de agosto de 2020, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social, da cuenta a la Procuraduría Pública Municipal de esta entidad que, durante el mes de agosto