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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (10/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 10 de octubre de 2020 / El Peruano capacidad se consignará en la casilla 13. CASILLA 12 Número(s) del (los) mani fi esto(s) de carga Interncional . Se indicará el(los) número(s) del (de los) mani fi esto(s) de carga internacional (MCI), correspondiente(s) a cada uno de los vehículos amparados por la DTAI. CASILLA 13 Números de identi fi cación de los contenedores y su capacidad (indicar si son de 20, 40 pies u otra). Se indicarán las siglas y/o números de identi fi cación de los contenedores, especi fi cando su capacidad (20, 40 pies u otra). CASILLA 14 Número(s) de los precintos aduaneros. Se indicarán las siglas y/o números de identi fi cación de los precintos aduaneros de los contenedores y unidades de carga, así como de las mercancías susceptibles de ser precintadas. CASILLA 15 Carta de porte Nº. Se indicará(n) el(los) número(s) de la(s) carta(s) de porte internacional por carretera (CPIC) correspondiente a cada envío de mercancías cargadas en los vehículos amparados por la DTAI. CASILLA 16 Descripción de las mercancías. Se indicará la descripción de las mercancías por producto. Se deberá efectuar en términos su fi cientemente claros, de manera tal que permita la adecuada identi fi cación de las mismas. CASILLA 17 Cantidad de los bultos. Se indicará el número o cantidad total de bultos que componen el envío. Si se trata de mercancías sin envasar, se expresará el número de éstas o la expresión “a granel”, según el caso. CASILLA 18 Clase y marca de los bultos. Refi riéndose a las señaladas exteriormente en los bultos: se indicará sus clases, marcas y los números de identi fi cación que fi guren en ellos. CASILLA 19 Peso en kilogramos. En las columnas correspondientes se indicarán el peso neto de las mercancías, así como su peso bruto. En ambos casos se expresará en kilogramos y al fi nal se colocará independientemente el total de cada uno de ellos. CASILLA 20 Volumen en metros cúbicos u otra unidad de medida. Se indicará el volumen total en metros cúbicos de los bultos y/o la unidad de carga o, de ser el caso, la otra unidad de medida utilizada. Al fi nal se colocará el total de las mismas. CASILLA 21 Precio de las mercancías (INCOTERMS 1990) y tipo de moneda. Se indicará el precio que tienen las mercancías al tiempo y lugar en que el transportista autorizado las recibió o se hizo cargo de ellas, según el artículo 92 de la Decisión 399, conforme a los términos de compraventa internacionales de los INCOTERMS 1990, acordados entre las partes. Asimismo, se indicará el tipo de moneda en que se exprese su precio (ver apéndice VII de la Resolución 300 de la CAN, la misma que contiene una referencia a INCOTERMS 1990, utilizados para el transporte terrestre internacional por carretera). CASILLA 22 País y aduana(s) de cruce de frontera. Se precisará(n) la(s) aduana(s) ubicada(s) en los cruces de frontera habilitados por los Países Miembros, a través de los cuales se efectuará la operación de tránsito aduanero internacional. CASILLA 23 Firma y sello del declarante. Se indicará el nombre, apellidos y fi rma del declarante. Si actúa a nombre de una persona jurídica, se señalará, además, la denominación o razón social de la empresa. A continuación, se indicará la ciudad, país y fecha en que se suscribe la DTAI. CASILLA 24 Observaciones de la aduana de partida. Espacio reservado para la aduana de partida. Se anotará cualquier observación sobre la operación de tránsito aduanero internacional u otra que estime conveniente. CASILLA 25 Documentos anexos. Se precisarán los documentos que acompañan la DTAI (documento o fi cial de exportación del país de procedencia de las mercancías, CPIC, MCI u otros). CASILLA 26 Firma y sello de la autoridad que interviene en la aduana de partida . Se consignará la fi rma y el sello del funcionario responsable de la aduana que autoriza el inicio de la operación de tránsito aduanero internacional. En la parte inferior se anotará el día, mes y año de su intervención. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES