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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (16/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 16 de octubre de 2020 / El Peruano DGS, de fecha 19 de junio de 2020 de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe No 046-2020-MDC/GAJ, de fecha 22 de junio de 2020 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley No 27680, establecen, respectivamente, que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto Que, el numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de Descentralización señala que, el Poder Ejecutivo elabora y aprueba los planes nacionales y sectoriales de desarrollo, teniendo en cuenta la visión y orientaciones nacionales y los planes de desarrollo de nivel regional y local, que garanticen la estabilidad macroeconómica; Que, los artículos IV y 73º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica Municipalidades señala que, las Municipalidades tiene por fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; por lo que, dentro de sus funciones especí fi cas municipales, se considera la materia de servicios sociales locales, donde se incorpora difundir y promover los derechos del niño/a, adolescente, mujer y persona adulta mayor; propiciando espacios para su participación a nivel de instancias municipales; Que, el numeral 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, estipula que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; concordante con el Art. 40º de la Ley acotada, la cual establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por, medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el numeral 1.2) del Art. 84º de la Ley Orgánica antes mencionada, que las Municipalidades ejercen funciones para establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de los niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores; así como los derechos humanos en general, manteniendo un Registro Actualizado; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar señala que, esta norma tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; para lo cual establece mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos; Que, los artículos 33º y 34º de la Ley Nº 30364-Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar establecen la creación del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar como sistema funcional encargado de coordinar, plani fi car, organizar y ejecutar acciones articuladas, integradas y complementarias para la acción del Estado en la prevención, atención, protección y reparación de la víctima, la sanción y reeducación del agresor, a efectos de lograr la erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; el cual está integrado por la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN), que cuenta con una Secretaría Técnica, y las Instancias Regionales, Provinciales y Distritales de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; Que, en el artículo 39º de la Ley Nº 30364 se señala que, la Instancia Distrital de Concertación tiene como responsabilidad elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital, y promover el cumplimiento de la presente norma; Que, en el artículo 109º del Reglamento de la Ley Nº 30364, aprobado con Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP y modi fi cado con el Decreto Supremo Nº 004-2019-MIMP se establece que las Municipalidades Distritales, mediante una ordenanza, disponen la creación de la Instancia Distrital de Concertación, precisando sus integrantes; Que, con el objetivo de promover en la población el respeto a los derechos de la mujer y varones y teniendo en cuenta el rol promotor de los gobiernos locales de promover la equidad de género y la prevención de la violencia en el grupo familiar, es importante crear un espacio de concertación multisectorial con la participación de los diversos actores locales y de la sociedad civil, un espacio en la cual se puedan discutir e impulsar políticas que puedan reducir la violencia familiar y el abuso sexual, en nuestro Distrito; Que, mediante Informe Nº 051-2020-MDC/GDS, de fecha 19 de junio de 2020, la Gerencia de Desarrollo Social de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla presentó el proyecto de Ordenanza Municipal que crea la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, para continuar con el trámite administrativo respectivo; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Social, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, con la conformidad de la Gerencia Municipal; y conforme a las facultades conferidas en el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO CIENEGUILLA Artículo 1º.- APROBAR la Creación de la INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA en el marco de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su Reglamento, como mecanismo de coordinación y articulación intersectorial, intergubernamental e interinstitucional territorial de nivel distrital que forma parte del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar; conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ESTABLECER que la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Cieneguilla tiene como objetivo contribuir a la elaboración, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes, programas y servicios públicos de prevención, atención y protección frente a la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, en el marco de la Ley Nº 30364 - Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar y su Reglamento Artículo 3º.- De conformidad con el artículo 110º del Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Cieneguilla tiene las siguientes funciones: