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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2020 (16/10/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 16 de octubre de 2020 El Peruano / Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Estadística e informática, su publicación en el portal web de la municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde ANEXO I - PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE REUNIONES VIRTUALES DE LAS COMISIONES DE REGIDORES CON PARTICIPACIÓN DE FUNCIONARIOS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA I. OBJETOEl presente documento tiene por objeto establecer el procedimiento para la realización de las reuniones de trabajo virtual, con participación de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Breña, en el marco de las reuniones virtuales de las Comisiones de Regidores, Ordinarias y Especiales, de la Municipalidad Distrital de Breña. II. BASE LEGAL• Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.• Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806. • Ordenanza Municipal Nº 518-2019-MDB, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña y modi fi catorias con Ordenanzas Nº 522-2019- MDB, Nº 535-2020-MDB y Nº 536-2020-MDB. III. COMISIONES3.1 Las Comisiones de Regidores son órganos consultivos del Concejo Municipal, cuya fi nalidad es realizar estudios, formular propuestas y proyectos de reglamento de servicios respectivos y emitir dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el Concejo les encargue. Es en las comisiones de trabajo que los Regidores desarrollan sus funciones normativas y fi scalizadoras por excelencia; la productividad de las mismas se re fl eja en las Sesiones de Concejo. 3.2 Las Comisiones pueden ser ordinarias y especiales. Se constituyen con Regidores que serán designados con Acuerdo del Concejo. 3.3 Las Comisiones de Regidores, por intermedio de su Presidente, pueden citar o solicitar informes u opiniones a los funcionarios de la Municipalidad sobre los asuntos de competencia de la Comisión; mediante solicitud dirigida a la Secretaría General, que tramitará el pedido a través de la Gerencia Municipal. Los funcionarios municipales que sean requeridos por las Comisiones de Regidores, están obligados a presentar los informes y/o asistir a las invitaciones de las mismas, que lo soliciten bajo responsabilidad. IV. MODALIDAD Y TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES 4.1 Las reuniones virtuales de comisiones ordinarias o especiales de regidores en la cuales participe como invitado algún funcionario de la Municipalidad Distrital de Breña, deberán realizarse los días hábiles de 8.00 am a 5.00 pm. Esta disposición no es aplicable si en la reunión participan únicamente Regidores. 4.2 Las solicitudes para la invitación de algún funcionario a fi n que participe en una reunión virtual de Comisión Ordinaria o Especial de Regidores durante una situación de emergencia declarada de acuerdo a la normatividad, deberá ser presentada al correo institucional del Secretario General o presencialmente en el Despacho de este funcionario debidamente suscrita por el Presidente o Presidenta de la misma. 4.3 Una vez concluido el Estado de Emergencia declarado de acuerdo a la normatividad, las solicitudes para invitación de funcionarios o requerimiento de información serán presentadas de manera presencial en la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Breña. 4.4 La solicitud para que un funcionario participe de las reuniones virtuales de Comisiones Ordinarias o Especiales, serán presentadas en un plazo no menor de tres (3) días hábiles a la fecha de realización de la misma. 4.5 De realizarse una reunión de manera virtual es obligación de los Regidores y funcionarios que participen en ella, asegurarse que en el lugar que se encuentren, cuenten con los medios tecnológicos necesarios para participar de forma segura en la sesión. 4.6 Recepcionada la solicitud, el Secretario General bajo responsabilidad, derivará la invitación a la Gerencia Municipal al día siguiente, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 72º del Reglamento Interno de Concejo. Si por razones de fuerza mayor o caso fortuito el funcionario citado no pudiera estar presente en la sesión de la Comisión de Regidores, ordinaria o especial, previa coordinación del Presidente de la Comisión con Secretaria General, se reprogramará la sesión después de las 48 horas, conforme al procedimiento establecido en el presente rubro. V. FORMA DE LLEVARSE A CABO LAS REUNIONES5.1 Durante el periodo que dure la emergencia nacional, las reuniones virtuales de trabajo de las comisiones, ordinarias o especiales, del Concejo Municipal, se llevarán a cabo mediante la plataforma virtual JITSI MEET, para lo cual la Subgerencia de Estadística e Informática estará en la obligación de proporcionar el soporte necesario para su realización debiendo tenerse en cuenta el procedimiento para establecer conferencias remotas a través del uso de herramientas tecnológicas propuesto por la mencionada Subgerencia de Estadística e Informática. En caso de existir cambio en la plataforma virtual a utilizar, la mencionada Subgerencia comunicara oportunamente a los señores Regidores de las Comisiones, Ordinarias o Especiales, del Concejo Municipal, así como a los funcionarios que serán invitados. 5.2 Culminada la emergencia nacional, las reuniones de trabajo de las comisiones, ordinarias o especiales, del Concejo Municipal se realizarán en la Sala de Regidores ubicado en el Palacio Municipal. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS La Gerencia Municipal, la Secretaria General y la Subgerencia de Estadística e Informática quedan encargados bajo responsabilidad de velar por el debido y oportuno cumplimiento de lo dispuesto en el presente. 1893545-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Ordenanza que aprueba la creación de la instancia distrital de concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del distrito de Cieneguilla ORDENANZA Nº 318-2020-MDC/C Cieneguilla, 25 de junio del 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal No 07 de fecha 25 de Junio del 2020, el Informe No 051-2020-MDC/