Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 18 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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sencilla y sin afectar derechos de terceros. Que, la presente Ordenanza ha considerado la necesidad que a partir de la fecha de su vigencia comunicar por los diversos medios a todas las personas que posesionen un lote de terreno que se encuentre circulado con o sin construcción de vivienda alguna para amparar y no demuestre existencia de indicios de posesión efectiva soliciten el empadronamiento de su posesión en la base de datos de la Sub Gerencia de Catastro y desarrollo Urbano con los documentos que cuentan, no siendo de necesidad actualizarlos. Asimismo para la regularización y obtener la Constancia de Posesión tiene que acreditar que hace disfrute del bien para lo cual fue tomado, es decir mostrar indicios de posesión de origen y efectiva, encontrarse con o sin inscripción en la base de datos de la Sub Gerencia de Catastro y desarrollo Urbano y Gerencia de Administración Tributaria como contribuyente, para lo cual debe pagar el impuesto predial respectivo actualizado, que le servirá para acreditar que ha venido posesionando el lote de terreno con atribuciones de Propietario. Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas. De conformidad con lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprueba: Artículo Único :APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGLAMENTA EL EMPADRONAMIENTO DE USUARIOS POSESIONARIOS DE LOTES DE TERRENOS URBANOS INFORMALES Y OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE POSESIÓN, PARA LOTES CON CASA HABITACION UBICADOS EN LOS SECTORES DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DE LA CIUDAD Y DEL DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA DE UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO DE AMAZONAS, el mismo que cuenta de 25 artículos, 2 disposiciones transitorias, 11 disposiciones complementarias y 6 disposiciones finales. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 18-2020-MPU/BG, QUE REGLAMENTA EL EMPADRONAMIENTO DE USUARIOS POSESIONARIOS DE LOTES DE TERRENOS URBANOS INFORMALES Y OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE POSESIÓN, PARA LOTES CON CASA HABITACION UBICADOS EN LOS SECTORES DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DE LA CIUDAD Y DEL DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA DE UTCUBAMBA, DEPARTAMENTO DE AMAZONAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETIVO GENERAL El presente reglamento establece los lineamientos técnicos y legales para regular el empadronamiento de lotes de terreno y emisión de constancias de posesión de predios urbanos ubicados en los diferentes sectores de la Ciudad y del Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Departamento de Amazonas que cumplan con el fin para el cual fueron posesionados. Artículo 2º.- OBJETIVOS ESPECIFICOS 2.1.- Proponer lineamientos determinados que permitan realizar los procesos de empadronamientos de lotes de terrenos urbanos a los posibles beneficiarios acorde a los sustentos legales que rigen el funcionamiento de propiedad informal y desarrollo de vivienda. 2.2.-Solucionar el problema social de vivienda, eliminando las causas que puedan provocar el caos y que no permitan satisfacer la demanda de las familias con necesidad de vivienda, que acogiéndose a la normatividad vigente posesionen un lote de terreno. 2.3.-Revertir al dominio del estado previa evaluación de aquellos lotes de terreno sin construcción o que habiéndose edificado un área parcial se encuentren en estado de completo abandono, ubicados en áreas de propiedad estatal y/o municipal y otorgarlos en forma

inmediata a familias con necesidad de vivienda. 2.4.-Calificar y evaluar a los posibles beneficiarios de los lotes de terreno de acuerdo a los requisitos establecidos en el TUPA. 2.5.- Identificar los casos de doble posesión, así como la venta de lotes de terrenos de manera ilegal que vienen realizando. 2.6.- implementación de la base de datos en el sistema de la SGCDU, que nos permite determinar la identificación de los traficantes de lotes de terrenos urbano informales. 2.7.-Identificar aquellos lotes de terreno en completo estado de abandono, previa inspección ocular y /o empadronamiento masivo y otorgarlos en forma inmediata a familias con necesidad de vivienda. 2.8.-Dinamizar el proceso de empadronamiento de lotes de forma directa. 2.9.-Suspender de forma definitiva toda adjudicación o venta de lotes de terrenos por parte de los comités de Gestión y Asociaciones Pro Vivienda en los sectores de la ciudad y del Distrito de Bagua Grande, a las personas que transfirieron la posesión, propiedad y/o renunciaron a los derechos de los mismos de forma voluntaria. Artículo 3º.- FINALIDAD Cooperar con la función social de la Municipalidad Provincial de Utcubamba, para satisfacer las necesidades de vivienda a favor de grupos familiares, sociedad conyugal que no son propietarios ni poseedores directos de inmuebles urbanos para mejorar la calidad de vida. Artículo 4º.- BASE LEGAL 4.1.-Constitución Política del Perú 4.2.-Ley 27972, Ley orgánica de Municipalidades. 4.3.-Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos. 4.4.-Ley 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. 4.5.-Ley 29151, Ley General del sistema Nacional de Bienes Estatales. 4.6.-D.S Nº 006-2006-VIVIENDA Aprobación del Reglamento del título I Ley 28687. 3.7.-D.SNº 013-1999MTC Reglamento de Formalización de la Propiedad 4.7.-Código Civil. 4.8.- ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2015-MPU/ BG ­ Ordenanza que aprueba el Plan De Desarrollo Urbano de la Ciudad de Bagua Grande 2014-2025. 4.9.- Ley Nº 29618, Ley que establece la presunción de que el estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal 4.10.- Ley Nº 28391 ­ Ley de la Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares, como su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005. Artículo 5º.- ALCANCE Y RESPONSABILIDAD La presente Ordenanza Municipal, será aplicada a las posesiones informales de predios urbanos ubicados en los diferentes sectores de la ciudad y del Distrito de Bagua Grande posesionados en áreas de propiedad estatal y/o municipal dentro del ámbito que administra la Municipalidad Provincial de Utcubamba. Este marco normativo se desarrolla en 02 etapas: Primera Etapa: a. Empadronamiento de lotes de terrenos urbanos. Segunda Etapa: a. Otorgamiento de la Constancia de Posesión. Artículo 6º.- DEFINICIONES Para los efectos del presente reglamento, cuando se haga mención a los siguientes términos se entenderán referidos a: a. Municipalidad. La Municipalidad Provincial de Utcubamba, que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo facultades para aprobar el Plan de Acondicionamiento

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