Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2020 (18/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de setiembre de 2020 /

El Peruano

su artículo 194º por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" establece que las Municipalidades son de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Decreto Supremo Nº 018-2008.JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica en el artículo Nº 7º numeral 7.1) que "La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. "Asimismo el numeral 7.2) estipula que: "Tanto el Ejecutor Coactivo como el Auxiliar Coactivo ingresarán como Funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva."; Que, la citada norma en el párrafo anterior, no establece el régimen laboral ni del ejecutor coactivo ni del Auxiliar Coactivo, coincidente con la Ley Nº 27204 ­Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza, que solo precisa precitados cargos, no son de confianza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan; Que, mediante Informe Nº 389-2020-SGRH-GAF/ MDA de fecha 09 de setiembre de 2020, la Subgerencia de Recursos Humanos informa que en mérito al Proceso CAS Nº 004-2020-MDA, la Comisión del Concurso Público para la Contratación Administrativa de Servicios, mediante Acta Nº 05 atendiendo a lo establecido en las Bases del Concurso Público para seleccionar un Ejecutor Coactivo para la Municipalidad Distrital de Ancón, proclamando ganador al Abog. JOSE ALEXIS ROMERO GOICOCHEA, identificado con DNI. Nº 09663979, quien alcanzó el más alto puntaje, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el Artículo 7º de la ley 2679- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 20º inciso 6º y 43º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. JOSE ALEXIS ROMERO GOICOCHEA en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancón, bajo el Régimen de Contratación del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Administración Tributaria y Rentas, a la gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia, y a la Subgerencia de Sistema de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1885354-1

su artículo 194º por la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" establece que las Municipalidades son de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Decreto Supremo Nº 018-2008.JUS de fecha 05 de diciembre de 2008, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, indica en el artículo Nº 7º numeral 7.1) que "La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectuará mediante concurso público de méritos. "Asimismo el numeral 7.2) estipula que: "Tanto el Ejecutor Coactivo como el Auxiliar Coactivo ingresarán como Funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva."; Que, la citada norma en el párrafo anterior, no establece el régimen laboral ni del ejecutor coactivo ni del Auxiliar Coactivo, coincidente con la Ley Nº 27204 ­Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de confianza, que solo precisa precitados cargos, no son de confianza y que el régimen laboral depende de la entidad a la cual estos representan; Que, mediante Informe Nº 389-2020-SGRH-GAF/ MDA de fecha 09 de setiembre de 2020, la Subgerencia de Recursos Humanos informa que en mérito al Proceso CAS Nº 004-2020-MDA, la Comisión del Concurso Público para la Contratación Administrativa de Servicios, mediante Acta Nº 05 atendiendo a lo establecido en las Bases del Concurso Público para seleccionar un Auxiliar Coactivo para la Municipalidad Distrital de Ancón, proclamando ganadora a la Bachiller en Administración y Negocios Internacionales MARLENI LILIANA MELGAREJO CALERO , identificada con DNI. Nº 47768506, quien alcanzó el más alto puntaje, haciéndose necesaria su designación mediante la emisión de una Resolución de Alcaldía que le permita ejercer sus funciones de conformidad con el Artículo 7º de la Ley 2679- Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 20º inciso 6º y 43º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, a la Bachiller MARLENI LILIANA MELGAREJO CALERO en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Ancón, bajo el Régimen de Contratación del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la Ley específica de la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Administración Tributaria y Rentas, a la gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución en cuanto sea de su competencia, y a la Subgerencia de Sistema de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO JOHN BARRERA BERNUI Alcalde 1885356-1

Designan Auxiliar Municipalidad

Coactivo

de

la

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Aprueban el Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Miraflores (2019 2023)
ORDENANZA Nº 552/MM EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES; POR CUANTO:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 133-2020-A/MDA Ancón, 9 de setiembre de 2020 VISTO: Informe Nº 389-2020-SGRH-GAF/MDA; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modificada en

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