NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 / El Peruano administrativo laboral y previsional (PCALP); al mes de junio de 2020 resolvió 110 expedientes de una carga procesal de 1,156 expedientes, lo cual equivale a un avance del 18%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al referido mes del presente año; una situación similar presentaron el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Huaraz ya que durante el mismo período resolvieron en promedio 98 expedientes de una carga procesal promedio de 374 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance promedio del 16%, observándose que de los 98 expedientes resueltos, 33 correspondieron a improcedencias, equivalente al 34% de la producción promedio de estos juzgados, por lo que al restarle a su avance promedio las improcedencias registradas, este baja al 13%, lo cual evidencia que estos juzgados permanentes estarían recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 4) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Andahuaylas, Corte Superior de Justicia de Apurímac, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, correspondiente a la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de junio de 2020 resolvió 225 expedientes de una carga procesal de 684 expedientes, lo cual equivale a un avance del 38%; mientras que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Andahuaylas, teniendo la misma cantidad de plazas en su Cuadro para Asignación de Personal, resolvió durante el mismo período 88 expedientes de una carga procesal de 778 expedientes, con lo cual alcanzó un avance de 15%, observándose que al restarle los 14 expedientes resueltos por improcedencias, equivalente al 16% de la producción de este juzgado, su avance baja al 12%, cifra mucho menor al avance de meta del 22% que debió registrar este juzgado al mes de junio de 2020, lo cual evidencia que este juzgado permanente estaría recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación, en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 5) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Camaná, Corte Superior de Justicia de Arequipa, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, familia, con excepción de los procesos de violencia familiar, y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 266 expedientes de una carga procesal de 419 expedientes, alcanzando un avance del 24%; mientras que el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, que tramita procesos de violencia familiar y cuyo Cuadro para Asignación de Personal tiene seis plazas, resolvió durante el mismo período 600 expedientes de un total de 1,102 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 55%. De otro lado, durante el período de enero a junio de 2020 el Juzgado Civil Transitorio de Camaná registró un ingreso de 137 expedientes en la subespecialidad de violencia familiar con la Ley N° 30364, de los cuales 91 expedientes ingresaron durante los meses de abril, mayo y junio de 2020, los cuales no corresponden a ingresos de otra dependencia judicial, es decir que este juzgado habría tenido turno abierto para estos casos, lo cual no fue autorizado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y además, es contrario a lo dispuesto en el artículo quinto de la Resolución Administrativa N°045-2020-P-CE-PJ de fecha 25 de marzo de 2020, que dispuso que el Juzgado Civil Permanente de Camaná redistribuya de manera aleatoria toda la carga pendiente en familia que no corresponda a violencia familiar. 6) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de La Joya, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, que tramita con turno abierto los procesos de la especialidad civil y familia, incluidos los procesos de violencia familiar, debido a que es el único juzgado civil del referido distrito, al mes de junio de 2020 resolvió 233 expedientes de una carga procesal de 301 expedientes, obteniendo un avance del 21%, por lo que no llegó a alcanzar el avance de meta del 22% que debió registrar a dicho mes. 7) El Juzgado de Paz Letrado Transitorio del Distrito de Cerro Colorado, Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, que apoya con turno cerrado en la descarga procesal del 1° y 2° Juzgado de Paz Letrados Mixtos Permanentes del referido distrito, al mes de junio de 2020 resolvió 200 expedientes de una carga procesal de 521 expedientes, obteniendo un avance del 17%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar a dicho mes; asimismo, el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Permanentes de Cerro Colorado resolvieron en promedio 183 expedientes de una carga procesal promedio de 1,026 expedientes, con lo cual su avance promedio del 16% también fue menor al mencionado avance de meta; observándose además que de los 183 expedientes resueltos en promedio por los juzgados de paz letrados permanentes de Cerro Colorado, un total de 118 expedientes, equivalente al 65% de la producción de estos juzgados, correspondieron a improcedencias, por lo que al restar dichas improcedencias el avance promedio del 16% de dichos juzgados paz letrados permanentes baja al 5%, lo cual evidencia que estos juzgados permanentes estarían recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite. 8) El 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Cajamarca, que tramita con turno cerrado los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), al mes de junio del presente año resolvió 106 expedientes de una carga procesal de 284 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 12%, inferior al avance de meta del 22% que debió haber registrado al citado mes; mientras que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente, resolvió durante el mismo período 314 expedientes de una elevada carga procesal de 3,369 expedientes presentando un avance del 35%; asimismo, el 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de la misma provincia, registró al mes de junio 291 expedientes resueltos con un avance de 36%. 9) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Rupa Rupa, Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, laboral y familia, sin incluir los procesos de violencia familiar, al mes de junio de 2020 resolvió 66 expedientes de una carga procesal de 406 expedientes, alcanzando un bajo avance del 11%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al referido mes; de igual manera, el Juzgado Civil Permanente del Distrito de Rupa Rupa resolvió durante el mismo período 105 expedientes de una carga procesal de 644 expedientes, con lo cual alcanzó un avance del 18%, por lo que tampoco alcanzó el mencionado avance referencial. 10) El Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Barranca, Corte Superior de Justicia de Huaura, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 70 expedientes de una carga procesal de 669 expedientes, lo cual equivale a un avance del 12%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debió registrar al mes de junio del presente año; asimismo, los juzgados civiles permanentes de Barranca resolvieron durante el mismo período 67 expedientes en promedio de una carga procesal promedio de 464 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance promedio del 11%, por lo que tampoco alcanzaron el referido avance de meta; además, de los 64 y 70 expedientes resueltos por el 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes de Barranca, un total de 20 y 10 expedientes, equivalente al 31% y 14% de su producción, fueron resueltos por improcedencias, por lo que al restar dichas improcedencias de los avances del 11% y 12% del 1° y 2° Juzgados Civiles de Barranca, estos bajan al 7% y 10%, lo cual evidenciaría que estos órganos jurisdiccionales permanentes estarían recurriendo a resolver un elevado porcentaje de expedientes en etapa de cali fi cación en desmedro de los expedientes en etapa de trámite, lo cual sumado al bajo nivel resolutivo que presenta el Juzgado Civil Transitorio de Barranca, resulta evidente que no se estaría realizando una adecuada labor de ejecución ni supervisión en bene fi cio de los justiciables. 11) El Juzgado Civil Transitorio del Distrito de Huacho, Provincia y Corte Superior de Justicia de Huaura, que tramita con turno cerrado los procesos de la especialidad civil, familia y laboral, al mes de junio de 2020 resolvió 171 expedientes de una carga procesal de 984 expedientes, lo cual equivale a un avance del 29%; asimismo, al mes de junio de 2020 el 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles Permanentes de Huacho resolvieron en promedio 60 expedientes de una carga procesal promedio de 764 expedientes, con lo cual alcanzaron un avance promedio del 10%, el cual fue menor al avance de meta del 22% que debieron registrar al mes de junio del presente año, observándose que de los 42 y 79 expedientes resueltos por el 1° y 3° Juzgados Civiles Permanentes de Huacho, 11 y 18 expedientes correspondieron a improcedencias, las cuales ascienden al 25% y 23% de su producción, por lo que al restar dichas